viernes, 13 de mayo de 2022

Los MASC y el Código de Buenas Prácticas de la Abogacía para mejorar la eficacia de la Administración de Justicia.


La Abogacía presenta un Código de Buenas Prácticas para mejorar la eficacia de la Administración de Justicia.




En las Pautas de Actuación de la Abogacía, en su apartado séptimo, se menciona expresamente:
"Intentarán razonablemente evitar el conflicto judicial, facilitando el uso de los Métodos adecuados de Resolución de Conflictos"

Cuando está en el Congreso en fase de enmiendas el articulado del proyecto de eficiencia procesal que dedica un título completo a los Medios Adecuados de Solución de Controversias, con previsión de la creación de un servicio de Medios Adecuados de Solución de Controversias en todos los partidos judiciales del Estado español, se antoja insuficiente en este manual de Buenas Prácticas de la Abogacía la referencia citada. 

Si finalmente se hace obligatorio acreditar los intentos de evitar el conflicto judicial, pareciera que lo de "intentar razonablemente" se queda como muy al gusto de los razonamientos de quien no tenga verdadero interés de evitar el conflicto judicial. 

La palabra Mediación no se menciona ni una sola vez en el código de buenas prácticas. 

Impulsar la formalización de protocolos o guías prácticas sobre escritos, informes orales y actuaciones judiciales, ... suena a ahondar en los cimientos de la estructura estática que caracteriza la justicia decimonónica de la que se pretende huir. Expresiones estas entresacadas de los proyectos de eficiencia organizativa, procesal y digital.

Se deben impulsar comunidades de participación de los distintos profesionales que puedan aportar colaborativamente las prácticas que agilizan e impulsan la solución a los problemas de los ciudadanos. 


En cualquier caso, aparece la palabra "relaciones cordiales", una vez, bien venida sea. 







Información cortesía de la web del Consejo General de la Abogacía Española: