miércoles, 29 de abril de 2020

Hashtag #stoplegislacionsinmediacion Medidas procesales y organizativas para hacer frente al Covid-19 en el ámbito de la Administración de Justicia.





Esperaremos otra oportunidad en la que se vean introducidas las competencias transversales de la Mediación en la Administración de Justicia. 

Si, se recogen otras dos competencias transversales para todos los funcionarios de la Administración de Justicia, como son la posibilidad de acceso, sin necesidad física,  y la formación en el uso y utilización de dichos medios e instrumentos que permiten la presencia virtual. La competencia digital y la competencia del aprendizaje se desarrollará de una forma eficaz y definitiva. 

En la misma medida, se podrían haber implementado la formación en competencias como la comunicación, la gestión de conflictos, y la existencia de alternativas a los procedimientos adversariales. 

Se sugiere que en siguientes regulaciones se ofrezca formación en esta materia a los funcionarios que verán como la forma de comunicarse con los administrados cambiará también. La norma reconduce las formas de interactuar entre intervinientes y ciudadano con los órganos judiciales, se va a estar informando telefónicamente y por correo electrónico. Se podría aprovechar para informar sobre sistemas alternativos a la sentencia y que siempre existen posibilidades de acuerdos y como acortar procedimientos que están pendientes de pronunciamientos por el exceso número de procedimientos.

Con esta información abrimos la nueva etiqueta del blog "Legislación sin mediación", también lo publicaremos con el hashtag #stoplegislacionsinmediacion


https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2020-4705

lunes, 27 de abril de 2020

GEMME (Grupo Europeo de Magistrados por la Mediación) y las ideas aportadas para su próximo Simposio


https://mediacionesjusticia.com/simposiogemme

Un contacto de LinkedIn me informa del contenido que se publica en la web de Gemme sobre su próximo Simposio

Comprobamos que efectivamente es de especial interés que se cambie la forma de participar y que se proponga colaborar en la confección del programa

Se agradece la difusión que se hace en plataformas colaborativas de este tipo de información. También se agradece al Grupo de Magistrados por la Mediación (Gemme) su sensibilidad, por su puesto con la Mediación y  con su capacidad de reacción. 

Alertan con una de sus temáticas a tratar, en la que se menciona "oportunismo u oportunidad". 

Efectivamente la palabra Mediación se utiliza como el bálsamo de Fierabrás y nos quedamos tan panchos. Es inevitable que se pueda usar, no existe el mandamiento de "no mencionarás la palabra Mediación en vano". Evidentemente quien desconoce la Mediación en circunstancias normales, no podrá invocar su aplicación en circunstancias extraordinarias, al menos sin acudir a los especialistas en la materia. Lo que si se puede es solicitar que se incorpore como una competencia transversal en todas las medidas que se vayan adoptando.  

Se informa que rehacen el programa provisional, incluyendo en la agenda aquellos temas que, debido al coronavirus, ahora son de actualidad y de máxima relevancia. Indican que ese sentido, les gustaría hacernos una pregunta:

¿Qué temas te interesaría que abordara el nuevo programa del IV Simposio Mediación y Tribunales?


Tu opinión es muy importante, por lo que te rogamos des respuesta a esta cuestión a través de la siguiente encueta.

Por favor indica tus temáticas de interés prioritario eligiendo hasta 5 de las 20 que te proponemos seguidamente. Al final de la lista, tendrás espacio para indicar otros que no hayamos recogido.

1. Escenario que deja la COVID-19 en el ámbito de la mediación (nacional e internacional)
2. Nueva ley de medidas de Impulso a la Mediación: reflexiones y propuestas.
3. Servicios públicos: nuevos vectores para su eficacia en el entorno post pandemia. Mediación contencioso-administrativa.
4. Mediación (Intrajudicial) como respuesta al aumento de litigiosidad que deja el coronavirus. ¿Es oportunismo u oportunidad?
5. Mediación preventiva
6. Mediación electrónica y técnicas de comunicación para desarrollar la Mediación en entornos digitales.
7. Gestión integral de conflictos familiares.
8. Mediación sanitaria
9. Gestión de conflictos en momentos difíciles o situaciones de crisis imprevistas. Especial colectivos vulnerables.
10. Justicia Restaurativa como abordaje de la violencia doméstica.
11. Hacia un nuevo sistema de justicia penal: justicia restaurativa y reparación de la víctima.
12. Mediación y ADRs en el ámbito del derecho de consumo y bancario.
13. La gestión del conflicto en las relaciones laborales: nuevas perspectivas.
14. Gestión de conflictos de convivencia.
15. Experiencias de mediación policial.
16. ADRs en situaciones extremas / Herramientas ADR para los momentos críticos.
17. Retos de los distintos colectivos profesionales ante la gestión de conflictos: habilidades, capacitación, actitud.
18. Prácticas colaborativas
19. Calidad de la mediación: formación, nuevos paradigmas y retos, estándares internacionales.
20. Mediación en conflictos con menores


Si hay algún tema de tu interés que no estaba en la lista, por favor, indícalo a continuación:

Estos son los temas que he sugerido:


    • "Open space virtual". Oportunidad de utilizar herramientas de resolución de conflictos para la transformación de la nueva Justicia que viene y que no termina de arrancar. El Simposio es una excelente oportunidad para invitar virtualmente a todos los operadores jurídicos, para que opinen y se pueda hacer una recopilación de propuestas con los acuerdos de cada grupo de trabajo siguiendo esta técnica. Hacerlo virtualmente permite aglutinar los esfuerzos colaborativos y sistematizar ideas y soluciones que incrementan la eficacia de estos sistemas. Entre los patrocinadores hay Instituciones universitarias que conocen estas técnicas aplicadas a grandes colectivos. Digamos que responderíamos a la pregunta: ¿qué podemos hacer desde la Mediación para que la propia Administración de Justicia se transforme a las actuales necesidades de los administrados?, como respuesta: Organizar un Macro Open space virtual en el que tengan cabida todas las ideas utilizando esta técnica y aglutinando el resultado. Este resultado publicado se trasladaría como experiencia que pueda ser observado por si tuviera utilidad en las futuras reformas legislativas. 

  • Cuantificación como actividad económica de todos los operadores jurídicos, análisis de actividades monopolísticas y los sistemas de representación de los operadores jurídicos. El Consejo General de la Abogacía representa las formas de trabajo de todos los tipos de abogados, ¿cómo representar al colectivo pro mediación?. Análisis del sistema de generar ingresos en la práctica jurídica, otro sistema de minutado y costas procesales es posible. Visualización de modelos que propugnen la desintervención judicial compleja en asuntos sencillos.  Las vías judiciales alternativas para tutelar el drenaje de lo que debe ser derivado a mediación. El juez transversal desde que nace un asunto. Trabajos pilotos de peinado masivo de procedimientos que pueden resolverse o impulsarse de forma multiregistro.
  • La Mediación en la necesaria actualización de los principios del Procedimiento Judicial. Hay que redefinir el concepto de Procedimiento Judicial y sus principios constitucionales. 
  • El acto procesal también debe ser revisado conceptualmente incorporando las competencias transversales de la Mediación. 
  • Igualmente los actos de comunicación necesitan la mirada del los nuevos conceptos de identidad, domicilio de entrega, sincronía, simultaneidad, especialmente para validar las posibilidades de mediación. La formalización de lo habitual como sistema de comunicación, las grandes ventajas de resolver con acuerdos sincrónos, simultáneos y que se dan por acordados en los procesos de familia.
  • El IFEMA "on line" de la Mediación que nunca se construirá, a pesar de los muchos mediadores voluntarios y de las muchas personas que necesitan mediación.  
Se reitera agradecimiento, se sugiere que se adelanten las fechas de Simposio y también se sugiere que se elaboren foros de participación moderados por miembros de Gemme en los que se puedan ir fijando ideas. Moodle es una buena herramienta en la que se podrían generar hilos por temáticas específicas. Quizás nos vendría bien tener un Aula permanente con puestos "speak corner" para quien se sienta con ganas de explicar ideas y propuestas. 


domingo, 26 de abril de 2020

La Fiscalía pide fomentar la Mediación.


https://www.elconfidencial.com/espana/2020-04-26/la-fiscalia-pide-agilizar-procesos-evitar-jurados-y-fomentar-la-mediacion_2566303/
La fiscalía pide fomentar la mediación, texto entresacado de un titular (El confidencial) para dar a conocer el documento con la propuesta de 60 medidas para el plan de desdescalada en la Administración de Justicia tras la pandemia de Coronavirus Covid - 19. 24 de abril de2020



Con el título "PROPUESTA DE 60 MEDIDAS PARA EL PLAN DE DESESCALADA EN LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA TRAS LA PANDEMIA DE CORONAVIRUS COVID-19", la Fiscalía General del Estado se suma a esta aportación de medidas que están haciendo.

Con 29 páginas se esbozan las 60 medidas para agilizar la Administración de Justicia. Nos llama la atención que se utilicen el término sector, en la frase "La Fiscalía General del Estado ha sido pionera en el sector al abordar la respuesta a la emergencia sanitaria". Suponemos que se refiere al sector de la función pública. Lo mismo estamos acudiendo al nacimiento del acuñamiento de un término nuevo para definir la Administración de Justicia en el que se englobaría todo. Sector judicial o Sector Justicia, suena bien. Lo cierto es que intervienen distintas Administraciones públicas y que dependen de poderes distintos. El Consejo General del Poder Judicial, la Administración de Justicia, la administración pública de la Administración de Justicia, la Fiscalía General del Estado, la Abogacía del Estado, los colegios profesionales como entidades públicas, realmente son un sector. Los mediadores no sabemos si somos o estamos en el sector. En cualquier caso es que la palabra Mediación se menciona en los titulares. 






Las propuestas que se hacen sobre Mediación van dirigidas a la Mediación Penal, se hace referencia al término "intraprocesal" que se confunde con "intrajudicial". Para que exista esta intervención se deben dar unas circunstancias específicas por parte del presunto delincuente. En cualquier caso, mejor mencionar que omitir la palabra Mediación, aunque se haga por que el escrito la contenga y no porque verdaderamente se desee su incardinación en el sistema. 


La propuesta de sistemas únicos de Gestión procesal y de la reorganización de la planta judicial van muy bien encaminadas hacia el nuevo Sector judicial, como las agendas de señalamientos accesibles. 

La Fiscalía General del Estado marca el paso de lo que hoy debería ser el Sistema Judicial. La presencia física, cuando se puede estar con presencia virtual y el uso de agendas conocidas en salas virtuales con el expediente judicial electrónico fluído, permite la comparecencia del Ministerio Fiscal en cualquier acto judicial que requiera de la comparecencia. 

Para eso, se necesita romper los esquemas que nos confinan en espacios físicos y tridimensionales. 

Llegados a este punto, las asociaciones de mediadores debería poder exigir la existencia de plataformas virtuales que permitieran el reenvío a Mediación prejudicial, intrajudicial e intraprocesal. 

De tal forma que se pudieran realizar las mediaciones por videoconferencia y notificar por Lexnet el resultado de las mismas, con acuerdo, sin acuerdo y llegado el caso, el acuerdo formalizado. 





Enlace al documento de las 60 medidas. 

https://www.fiscal.es/documents/20142/399898/01.+Plan+de+desescalada+en+la+administración+de+justicia%2C+de+24+de+abril.pdf/4ead9af9-ad58-8ffa-5a25-55a7e073f382?version=1.0

Enlace al Titular mencionado:
https://www.elconfidencial.com/espana/2020-04-26/la-fiscalia-pide-agilizar-procesos-evitar-jurados-y-fomentar-la-mediacion_2566303/

sábado, 25 de abril de 2020

¿Podría organizar alguien un Open space "on line" (técnica de Resolución de Conflictos en Grandes Grupos) para intentar definir los problemas de la Administración de Justicia y hacia dónde orientar las soluciones, en la era que acaba de comenzar?



Hace casi diez años, tuve la ocasión de asistir a un Taller sobre la Técnica de Resolución de Conflictos en Grandes grupos, a cargo de Ramón Alzate Saéz de Heredia, Catedrático en Análisis y Resolución en Conflictos en la Universidad del País Vasco

El taller estaba diseñado para profesionales de la mediación o personas interesadas en el afrontamiento de conflictos y en la toma de decisiones de grandes grupos o colectivos. Lo organizaba el Instituto de Mediación y Gestión de Conflictos (Imedia) de la Universidad Complutense. Este taller trató de iniciar en el ámbito de las técnicas de intervención con grandes grupos y, especialmente, en una de sus técnicas más útiles: el Open Space (Espacio Abierto) y se celebró el 16 de Junio 2010. 

Agradezco a Leticia García Villaluenga, Profesora Titular de Derecho Civil, actual Directora del Máster de Mediación de la Universidad Complutense y Presidenta de CUEMYC (Conferencia Universitaria para el Estudio de la Mediación y el Conflicto), que recomendara este taller a los que, en aquel momento nos estábamos formando en el Post grado de Especialista en Mediación.  

Este recuerdo coincide con la inédita actividad masiva de reflexión y de elaboración de planes, medidas, propuestas, sugerencias,... para aliviar el previsible incremento de la lentitud en la resolución de asuntos judiciales. Todo ello provocado por el decreto del Estado de Alarma que ha suspendido los plazos procesales y que mantiene a los órganos judiciales paralizados, a excepción de los servicios esenciales. 

En esta proliferación de información, se echa de menos el liderazgo de institución que pudiera estar recopilando y aglutinando todo este movimiento emergente. Se podría decir que acaba de nacer una etapa transformadora, que todavía no ha sido bautizada, ni tiene padres conocidos, que la tutelen y la encaucen. 

Este nuevo espacio temporal que se abre, seguirá evolucionando y, nos obligará a pensar en establecer otros cimientos distintos, sobre los que debemos construir la Administración de Justicia en el Estado español. 

En este contexto cabría combinar esta técnica de resolución de conflictos para apadrinar la etapa naciente, en ausencia de líderes y de ideas preponderantes.

Lo novedoso con respecto a los Open space tradicionales que aprendíamos hace unos años, sería que ahora habría que organizarlos "on line". Lejos de ser una debilidad, lo convierte en una fortaleza, ya que permite tener una red de resultados de reflexión hasta ahora no utilizada en esta técnica. Los sistemas colaborativos que permiten compartir el aprendizaje y conocimiento en una red ilimitada, se pueden utilizar para compilar las aportaciones y valorar en poco tiempo los resultados de los grupos de trabajo. 

El espacio abierto, en el que se basa esta técnica de resolución de conflilctos, hasta ahora era un espacio físico. Un cambio que se ha producido, casi a la fuerza desde esta pandemia, es que la presencia en el espacio físico la estamos superando con la presencia en el espacio virtual y con nuestra identidad atribuida a datos personales o casi datos personales, que también acreditan nuestra comparecencia y sustituyen algo tan jurídico y procesal como el principio de inmediación que viene a definir la proximidad en torno a un lugar físico.

Llaman la atención el esfuerzo que hacen los profesionales jurídicos aportando y recopilando ideas que finalmente no se utilizan, y ni siquiera son conocidas por el resto de profesionales. Cada Juez, cada Letrado de la Administración de Justicia, cada Fiscal, cada Gestor procesal, cada Tramitador procesal, cada Auxilio judicial, cada Abogado del Estado, cada Abogado, cada Graduado Social, cada Procurador, cada Perito, cada Mediador, cada ciudadano que haya aportado una idea, debería haber podido ser conocida por el resto. De momento lo importante es saber que todos somos conscientes de que se ha movido algo, y que estamos en otra etapa. Cuando se aborde la Historia del Derecho a esta nueva etapa se le dará otro nombre distinto a la que hemos dejado atrás. Desde los años noventa se empezó a informatizar la Administración de Justicia y se empezaron a utilizar nuevas herramientas con un soporte tecnológico pero aplicadas a los mismos principios sobre los que se habría construido la llevanza de procedimientos judiciales.   

El Ministerio de Justicia debería plantear este Open space virtual. Los más competentes en la gestión de estos conflictos que afectan a tantas personas son los que forman parte de los departamento de investigación en los que se gestionan las formas alternativas del abordaje de grandes problemas que aquejan a colectividades. En las Universidades españolas existen distintos institutos de mediación y de resolución de conflictos y departamentos en los que hay programas de especialización en estas disciplinas. 

Las soluciones actuales y futuras tienen que venir desde la visión panóptica. Para gestionar la reconexión de la realidad de las actuales necesidades de Justicia con las que hemos ido acumulando y arrastrando, se hace necesario ese reconocimiento de que existe un problema del que cabe un análisis utilizando esta técnica de Open space. 

Estamos en el momento de reformular todo, absolutamente todo, y de que todos podamos participar en el análisis y la propuesta de soluciones. 

Se propone que las instituciones de gestión de conflictos puedan liderar un Open sapace virtual en el que puedan participar todos los operadores jurídicos y ciudadanos para que se recopilen las propuestas y los resultados de cada grupo. 

Si me invitan, me apunto a participar. 


Enlace a la información del taller del Imedia:

miércoles, 22 de abril de 2020

El intento de una solución extrajudicial previa como requisito de admisión para un tipo de procedimiento nuevo que tendría ventajas procesales, y las dos menciones de la Mediación, lo único reseñable en las treces propuestas del CGPJ al Gobierno para Real Decreto-ley de medidas urgentes para la Administración de Justicia. 20-04-2020

El intento de una solución extrajudicial previa como requisito de admisión para un tipo de procedimiento nuevo que tendría ventajas procesales, y las dos menciones de la Mediación, lo único reseñable en las treces propuestas del CGPJ al Gobierno para Real Decreto-ley de medidas urgentes para la Administración de Justicia. 20-04-2020





Con fecha de ayer 20 de abril el Consejo General del Poder Judicial informaba de las trece medidas que había remitido al Gobierno para que estudiara su inclusión en el Real Decreto-ley de medidas urgentes para la Administración de Justicia.

Se explica también en la web del Consejo que se hace este envío en respuesta a una petición urgente del Ministerio de Justicia.

Se supone que el Plan de Choque que está elaborando el propio Consejo seguirá su curso, ya que faltan por publicar las mediadas de tres bloques.

El texto con las 13 medidas incorpora dos menciones a la Mediación. Tras 16.219 palabras y 61 páginas, no parecen muchas.

La primera mención se encuentra en la primera medida, que es de carácter general y que vendría a proponer el establecimiento de un precepto que establezca las reglas aplicables al cómputo de términos y plazos administrativos y procesales interrumpidos y suspendidos como consecuencia de la declaración del estado de alarma.
Se exceptúa la reanudación del cómputo del plazo para interponer recursos en vía administrativa o para instar otros procedimientos de impugnación, reclamación, conciliación, mediación y arbitraje que los sustituyan de acuerdo con lo previsto en las Leyes, en cualquier procedimiento del que puedan derivarse efectos desfavorables o de gravamen para el interesado, que se computará conforme a lo dispuesto en la Disposición Adicional 8ª del RDL 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19. Dichos plazos se reiniciarán y se computarán en su totalidad a partir del primer día hábil siguiente a la fecha de finalización de la declaración del estado de alarma.

La segunda mención se encuentra en la quinta mediada que es de orden jurisdiccional civil (especialidad mercantil) y que pretende implementar la resolución alternativa de los litigios de reclamación de cantidad en supuestos de cancelación, denegación de embarque o retraso al amparo del Reglamento 261/2004, de aceptación obligatoria y resultado vinculante para las partes, cuyo conocimiento se atribuiría a la Agencia Estatal de la Seguridad Aérea (AESA).

Se menciona seis veces "alternativa de conflictos", ninguna "mediador," ninguna "mediadores".

Lo más reseñable -desde la perspectiva del fomento del impulso de la Mediación (se ubica en las medidas de la Jurisidicción Civil)- es que, se propone establecer un nuevo procedimiento para tramitar las demandas que tengan por objeto la modificación de contratos afectados por las medidas adoptadas a raíz de la emergencia sanitaria, que en muchos casos han hecho imposible cumplir adecuadamente lo pactado. Su admisión estaría condicionada a haber intentado una solución extrajudicial previa y se resolverían por los trámites previstos para el juicio verbal.

Surge la pregunta: el intento de una solución extrajudicial previa, ¿cómo se justificará?. Lo razonable es que se hubiera establecido una ventaja procesal para aquellos que han intentado una Mediación certificada por mediadores inscritos en el Registro de Mediadores del Ministerio de Justicia.
Esperemos que el Ministerio  de Justicia pueda introducir medidas precisas que impulsen definitivamente la Mediación, utilizando los recursos profesionales que están listos para abordar esta tarea. 



http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/En-Portada/El-CGPJ-remite-trece-propuestas-al-Gobierno-para-que-estudie-su-inclusion-en-el-Real-Decreto-ley-de-medidas-urgentes-para-la-Administracion-de-Justicia-

lunes, 6 de abril de 2020

Si este era "Un niño afortunado", yo soy millonario, lectura inesperadamente recomendable al momento actual.





Si este era "Un niño afortunado", yo soy, Amancio Ortega (persona muy adinerada actual de España). Este libro se ha convertido en la lectura inesperadamente apropiada al momento actual.

Desde el pasado 16 de marzo del año 2020 en España se ha decretado el Estado de Alarma, obligando a todos los ciudadanos a permanecer confinados en sus domicilios (con las excepciones que se detallan en las normas del decreto).

El Estado de Alarma decretado ha sido motivado por una epidemia de un virus que produce un tipo de neumonía muy contagiosa, y letal en muchos casos, que produce la saturación de los servicios médicos, si no se para el incremento de contagios.

Para algunos, estamos cerca de un Estado de Sitio, para otros, en un Estado de Excepción y los más exagerados, usan la terminología del Estado de Guerra. Circula la terminología bélica, llegando a calificar a este periodo que se ha iniciado como, la III Guerra Mundial.

Se van teniendo noticias del número de fallecimientos, de infectados y de curados. Conocer la forma de morir en los hospitales de los contagiados por insuficiencia respiratoria y sumidos en la soledad, sin poder ser acompañados por los seres queridos, produce muchísimo dolor.

La mera sospecha de que podemos ser contagiados cuando salimos a comprar alimentos y que a su vez podemos contagiar a nuestros seres queridos, también produce mucho dolor.

El dolor por los riesgos que podemos correr, se puede hacer constante y creciente. Esto hace menos llevadero el confinamiento, tanto para el que sufre ese dolor permanente como para los que ven a un ser querido, dolorido por este riesgo latente.

La convivencia a veces se hace dura en circunstancias normales, el confinamiento continuo es un acelerador de vivencias positivas y negativas. Estos días se recuerdan vivencias de otras personas que han vivido situaciones mucho más duras que las que estamos atravesando nosotros.

Por casualidades de la vida estos días me habían dejado el libro "Un niño afortunado". En fin, si este niño se terminó considerando afortunando, los demás nos debemos considerar millonarios en estas circunstancias.

El mensaje de la obra llega rápido: cada día uno debe intentar fijarse en las cosas que nos permiten seguir adelante, fijarse en las imágenes que nos llenan de ilusión, … Hay un mensaje extraordinario "no desesperar bajo ningún concepto" y "no sucumbir a la tentación del odio, ni al cinismo".

Sobrecoge pensar que quien pasa por las situaciones más duras contadas en primera persona, pueda lanzar estos mensajes.


En mi casa, mis abuelos decían "más vale la paz, que la razón" y que había que mantener ese principio con los demás "siempre igual".

La persona que me dejó el libro, tiene una larga experiencia en la resolución de conflictos, tuvimos ocasión de comentar cómo nuestros mayores asumían determinadas agresiones a los bienes materiales, y hasta dónde respondían con la misma moneda, o no.

La cultura de "no desesperar bajo ningún concepto" y "no sucumbir a la tentación del odio, ni al cinismo" está presente en las características de la Mediación para abordar los problemas incluso más graves.

Despacio, llegan soluciones, que a veces creemos necesitar tajantemente. A problemas tajantes, no siempre hay soluciones tajantes.

Y con respeto a las normas de convivencia incluso con quien las incumple, se puede seguir viviendo. No sentirse seguido ni respetado no nos puede empujar a desconectar totalmente.

El aprendizaje significativo me permite construir conocimiento sobre lo que ya se. Si le añadimos el conocimiento de estas cuestiones, nos ayuda a encajar nuestra situación de confinamiento.

Nuevamente gracias Beatriz por el préstamo de este libro.

domingo, 5 de abril de 2020

Sugerencia para que la Mediación esté presente en el "Plan de Choque" contra los efectos negativos de la suspensión de la actividad judicial no esencial.

Sugerencia para que la Mediación esté presente en el "Plan de Choque" contra los efectos negativos de la suspensión de la actividad judicial no esencial.

Imagen procedente de la web de El País
El pasado jueves dos de abril de 2020, podíamos ver en los medios de comunicación, información del Consejo General del Poder Judicial, anunciando el inicio de la elaboración de un plan de choque, de cara a la reanudación de la actividad judicial tras el levantamiento del estado de alarma. 

Examinada la información que se divulga en la web del propio Consejo y las Directrices para la elaboración de un Plan de Choque en la Administración de Justicia tras el Estado de Alarma, se observa la necesidad de sugerir la incorporación de determinados enfoques y valores, que están presentes en la Mediación, y por lo tanto en el artículo 24 de la Constitución Española, que recoge el Derecho Fundamental a la Tutela Judicial efectiva

En las directrices del Consejo General del Poder Judicial se afirma entre otras cosas, que el plan de choque ha de basarse en el principio de Globalidad, por lo que ha que contemplar todo el abanico posible de actuaciones, desde propuestas de reformas procesales que pudieran abordarse mediante Real Decreto-Ley, hasta medidas organizativas de todo tipo (concentración de asuntos, especialización, normas de reparto, etc.), sin olvidar la propuesta de incremento de medios personales o materiales que sean necesarios o el establecimiento de incentivos y/o compensaciones para los miembros de la Carrera Judicial.

Modelo de ficha del Plan de Choque del CGPJ para Mitigar efectos negativos de la suspensión de la actividad judicial no esencial de elaboración propia. Cada persona, cada organización debería utilizar una ficha por cada medida que pudiera ser sugerida y escalarla al CGPJ. 
#stopjuiciossinmediacion

Cada medida se plasmará en una ficha con formato normalizado que contendrá la siguiente información: tipo de medida, objetivo, colectivos afectados, administraciones participantes, forma de ejecución, análisis de impacto, duración y nivel de prioridad. 


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Ficha de Medida del
Plan de Choque para mitigar efectos negativos 
de la suspensión de la actividad judicial no esencial:

  • Tipo de medida: 
    • Reforma procesal abordable mediante Real Decreto.
    • Medida organizativa.
      • Concentración de asuntos.
      • Especialización.
      • Normas de reparto.
      • Incremento de medios personales.
      • Incremento de medios materiales.
      • Establecimiento de incentivos a los miembros de la Carrera Judicial.
      • Compensaciones a los miembros de la Carrera Judicial.
  • Objetivo: 

  • Colectivo afectado:
  • Administraciones participantes:
  • Forma de ejecución:
  • Análisis de impacto: 
  • Duración:
  • Nivel de prioridad:
_____________________________________________________ 

En la tercera Fase del plan, se integran como grupos de trabajo externos, dos grupos más:
  • Uno con el Ministerio de Justicia y CCAA con competencias, a semejanza de la mecánica seguida para el plan de especialización de juzgados en cláusulas suelo (comisión TRISTA). (estimación de 55.000 funcionarios) 
  • Otro, con los operadores jurídicos: abogados, procuradores y graduados sociales.(estimación de aproximadamente 250.000 profesionales), sin mención a Mediadores del Ministerio de Justicia. 


Analizado el texto de las directrices para la elaboración de un plan de choque en la administración de Justicia tras el Estado de Alarma, se echan de menos las palabras de competencias transversales que deben estar en cualquier estrategia integradora, no se menciona Mediación, mediador, conciliación. 










No es momento de teorizar sobre lo práctico, es momento de aplicar criterios que simplifiquen los procesos y de aproximar la Justicia al administrado. Se sugiere que el propio plan en lugar de llamarse de choque, debería llamarse de incentivación de la agilización, recuperación, normalización, mejora, actualización del funcionamiento de la Administración de Justicia. 

El Consejo General del Poder Judicial plantea un plan de choque con una estructura jerarquizada verticalmente, se sugiere que  sea una estructura también jerarquizada pero horizontal, líquida, colaborativa, que se pongan al mismo nivel, sin que por ello pierdan el poder, ni la autoridad. 

Existan jueces en este momento y lo largo de la historia, que han dado muestras de proximidad con los problemas de los ciudadanos, por encima del alambicado procesal. 

Es el momento de los jueces con mirada transversal a todas la tareas que se realizan en un órgano judicial. Necesitamos jueces que conozcan la realidad que ha emergido súbitamente. Necesitamos jueces que apoyen cambios normativos y organizativos que flexibilicen las férreas vías por las que transitan los conflictos transportados en vehículos antiguos. 

Si no se entiende que la Administración de Justicia está integrada por: el Consejo General del Poder Judicial, Administración de Justicia, Fiscalía General del Estado, Administración de la Administración de Justicia (no es un error, se usa poco la expresión, pero representa las decisiones que tienen que ver con las dotaciones materiales y otros recursos personales) y operadores externos, Abogados, Procuradores, Graduados y Mediadores del Ministerio de Justicia, y que todo tiene que ser tamizado desde las competencias que cada uno asume, difícilmente se podrá llegar a un acuerdo.

Se sugiere que el Ministerio y CCAATT, Abogados, Procuradores, Graduados Sociales y Mediadores de Justicia estén en la primera fase, proponiendo ideas. Si contabilizáramos el número de intervinientes en procedimientos pendientes, posiblemente subiríamos del millón de personas que están pendientes de una Sentencia. ¿No deberían poder opinar los intervinientes sobre el plan de choque?. Y los cuarenta y seis millones de ciudadanos españoles ¿no podrían opinar sobre cómo agilizar la Justicia?. Ahora tenemos tiempo para pedir opinión y recogerla y extraer conclusiones.  

De cada orden jurisdiccional, tipología de órgano, de cada tipo procedimental, de cada materia, de cada trámite procesal, de cada acto procesal, se puede sacar factor común. Sacar el mínimo común múltiplo o el máximo común divisor para enganchar secuencias repetitivas que permitan organizar servicios comunes es el fundamento del funcionamiento de las NOJ (Nueva Oficina Judicial) en la que se puede desplegar todo tipo de Servicios Comunes. El modelo ya está probado, ¿no deberían opinar los ámbitos territoriales en los que se opera ya de esta manera?

Abordar el impulso en general de la Justicia desde esta perspectiva organizativa de estandarizar el trabajo, nos lleva a un enfoque integral. Todos los operadores deberían poder ser capaces de trabajar por tareas, no por fases del procedimiento, ni por procedimiento. De todo esto ya hay estudios y experiencias piloto que se pueden extender a mayor ámbito terrioorial. 

Se pueden desempolvar todas las propuestas histórica de modernización y agilización. 

También se pueden revisar los criterios aplicados todos los años tras el mes de agosto. De la experiencia de los últimos años, se puede desprender lo que ocurrirá los primeros días en los que se permita volver a utilizar los circuitos habituales de presentación de documentos. O se escalonan los plazos desde la lectura de los documentos presentados. 

Obviamente y para finalizar, se sugiere que se implanten en todo el territorio las Unidades de Mediación dentro de los esquemas de tramitación procesal de los Servicios Comunes en todas las Oficinas Judiciales de todo el territorio nacional.  

 ¡Ánimo, y espero que ahora que no podemos estar presentes en las Sedes Judiciales, tengamos tiempo de escucharnos, especialmente a las personas que están pendientes de que les resuelvan judicialmente algún asunto de su vida personal o laboral!. 


Webgrafía:

Periódico El Páis:
https://elpais.com/espana/2020-04-02/el-poder-judicial-se-prepara-para-evitar-el-colapso-tras-el-estado-de-alarma.html

Poder Judicial: 

http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/Consejo-General-del-Poder-Judicial/En-Portada/-El-CGPJ-inicia-la-elaboracion-de-un-plan-de-choque-de-cara-a-la-reanudacion-de-la-actividad-judicial-tras-el-levantamiento-del-estado-de-alarma

Plan de Choque, Colegio de Procuradores de Valencia: 
https://www.icpv.com/userfiles/1/files/ACUERDOS_CGPJ_02.04.2020.pdf

RAE, resultado búsqueda  choque:
https://dle.rae.es/?w=choque

Origen palabra choque:
http://etimologias.dechile.net/?choque

Significado de la expresión Plan de choque:
https://forum.wordreference.com/threads/el-plan-de-choque.3065718/