miércoles, 22 de abril de 2020

El intento de una solución extrajudicial previa como requisito de admisión para un tipo de procedimiento nuevo que tendría ventajas procesales, y las dos menciones de la Mediación, lo único reseñable en las treces propuestas del CGPJ al Gobierno para Real Decreto-ley de medidas urgentes para la Administración de Justicia. 20-04-2020

El intento de una solución extrajudicial previa como requisito de admisión para un tipo de procedimiento nuevo que tendría ventajas procesales, y las dos menciones de la Mediación, lo único reseñable en las treces propuestas del CGPJ al Gobierno para Real Decreto-ley de medidas urgentes para la Administración de Justicia. 20-04-2020





Con fecha de ayer 20 de abril el Consejo General del Poder Judicial informaba de las trece medidas que había remitido al Gobierno para que estudiara su inclusión en el Real Decreto-ley de medidas urgentes para la Administración de Justicia.

Se explica también en la web del Consejo que se hace este envío en respuesta a una petición urgente del Ministerio de Justicia.

Se supone que el Plan de Choque que está elaborando el propio Consejo seguirá su curso, ya que faltan por publicar las mediadas de tres bloques.

El texto con las 13 medidas incorpora dos menciones a la Mediación. Tras 16.219 palabras y 61 páginas, no parecen muchas.

La primera mención se encuentra en la primera medida, que es de carácter general y que vendría a proponer el establecimiento de un precepto que establezca las reglas aplicables al cómputo de términos y plazos administrativos y procesales interrumpidos y suspendidos como consecuencia de la declaración del estado de alarma.
Se exceptúa la reanudación del cómputo del plazo para interponer recursos en vía administrativa o para instar otros procedimientos de impugnación, reclamación, conciliación, mediación y arbitraje que los sustituyan de acuerdo con lo previsto en las Leyes, en cualquier procedimiento del que puedan derivarse efectos desfavorables o de gravamen para el interesado, que se computará conforme a lo dispuesto en la Disposición Adicional 8ª del RDL 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19. Dichos plazos se reiniciarán y se computarán en su totalidad a partir del primer día hábil siguiente a la fecha de finalización de la declaración del estado de alarma.

La segunda mención se encuentra en la quinta mediada que es de orden jurisdiccional civil (especialidad mercantil) y que pretende implementar la resolución alternativa de los litigios de reclamación de cantidad en supuestos de cancelación, denegación de embarque o retraso al amparo del Reglamento 261/2004, de aceptación obligatoria y resultado vinculante para las partes, cuyo conocimiento se atribuiría a la Agencia Estatal de la Seguridad Aérea (AESA).

Se menciona seis veces "alternativa de conflictos", ninguna "mediador," ninguna "mediadores".

Lo más reseñable -desde la perspectiva del fomento del impulso de la Mediación (se ubica en las medidas de la Jurisidicción Civil)- es que, se propone establecer un nuevo procedimiento para tramitar las demandas que tengan por objeto la modificación de contratos afectados por las medidas adoptadas a raíz de la emergencia sanitaria, que en muchos casos han hecho imposible cumplir adecuadamente lo pactado. Su admisión estaría condicionada a haber intentado una solución extrajudicial previa y se resolverían por los trámites previstos para el juicio verbal.

Surge la pregunta: el intento de una solución extrajudicial previa, ¿cómo se justificará?. Lo razonable es que se hubiera establecido una ventaja procesal para aquellos que han intentado una Mediación certificada por mediadores inscritos en el Registro de Mediadores del Ministerio de Justicia.
Esperemos que el Ministerio  de Justicia pueda introducir medidas precisas que impulsen definitivamente la Mediación, utilizando los recursos profesionales que están listos para abordar esta tarea. 



http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/En-Portada/El-CGPJ-remite-trece-propuestas-al-Gobierno-para-que-estudie-su-inclusion-en-el-Real-Decreto-ley-de-medidas-urgentes-para-la-Administracion-de-Justicia-