domingo, 15 de octubre de 2017

Un pequeño empujón a la Mediación, inspirado por el premio Nobel de Economía 2017.

Si buscamos el nombre del muy reciente galardonado premio Nobel de Economía 2017 Richard H. Thaler, Google nos ofrece como primer resultado su nombre, en segundo lugar nos sugiere una búsqueda de su nombre seguida del literal "un pequeño empujoncito".

Leyendo este enlace, nos damos cuenta de lo mucho que desconocemos todavía sobre las decisiones que tomamos las personas. Algunas son de un calado trascendental para nuestra subsistencia y que en muchas ocasiones, detrás de estas inadecuadas decisiones se engendrarán conflictos que nos costará resolver. 

El premiado es experto en Economía Conductual, ciencia que se encarga de la investigación científica en las tendencias cognitivas y emocionales humanas y sociales para una mejor comprensión de la toma de decisiones económicas. 

La teoría del "empujoncito" sostiene que si tenemos dos opciones, nos solemos inclinar sobre la más sencilla despreciando la más adecuada. Esto se justifica por la costumbre y la falta de tiempo para pensar, aunque tengamos nociones racionales evidentes de la segunda. La propuesta de la teoría es que se innove en soluciones para cambiar el comportamiento con estímulos muy visibles para que los ciudadanos finalmente decidan por la opción más coherente. 

Estos días se está planteando una análisis de la situación de la mediación en España y en determinados servicios de mediación se solicita a los colegios de abogados mayor implicación.

Coinciden estas circunstancias, y la respuesta a los problemas de la falta de desarrollo de la mediación, sería sencillo, aplicar la teoría del "empujoncito" del reciente premio Nobel de Economía. La Administración Pública debe dar esa visibilidad a la mediación para que los ciudadanos puedan decidir adecuadamente cual es la forma más coherente de resolver sus conflictos. 

Resultados de la búsqueda de Richard H. Thaler en Google y su teoría del empujoncito como solución al desarrollo de la Mediación


La mediación y los recelos de la abogacía forman ya parte de los titulares.

Para muestra de esa falta de implicación existente en la mayoría de los Colegios de Abogados y especialmente en el Consejo General de la Abogacía Española, ilustramos las declaraciones de la Presidenta de la Audiencia Provincial de Ciudad Real quien tiene ya localizada esta actitud recelosa por parte del colectivo de letrados. Tanto los Colegios como el Consejo tienen papeles atribuidos de función pública y no pueden desatender lo pretendido en la Ley de Mediación y en su posterior regulación.

Sin embargo la respuesta de los representantes de los abogados no puede ser más ambigua, dicen estar de acuerdo con la mediación siempre que el abogado de parte esté presente en la sesión informativa, como si esto se hubiera impedido en alguna ocasión o como si esto no se estuviera pidiendo y solicitando. 

Cabría esperar que, lejos de tener consignas de obviar los reenvíos a mediación, se fomentara su participación con ese "empujoncito" que necesitan todos los desconocedores del funcionamiento de la mediación. No es algo que cueste dinero, sencillamente con omitir el código de silencio de desentendimiento y falta de compromiso, la mediación podría seguir extendiéndose.

No debemos terminar este comentario sobre las contribuciones del premio Nobel de Economía a las formas de resolución de conflictos, sin mencionar una cuestión que se convierte el eje de innumerables conflictos a lo largo de la vida, la propiedad. 

Thaler nos habla en otra de sus teorías sobre el efecto propiedad y cómo nos comportamos cuando tenemos que vender una propiedad y cómo la sobrevaloramos y el mucho trabajo que nos cuesta cambiar de actitud adecuando el precio de venta a la realidad del mercado y no a nuestra percepción. Esto produce pérdidas de oportunidades mientras no se vende el bien y en muchos casos pérdidas significativas de dinero por la venta extemporánea de la propiedad. 

Gran cantidad de los conflictos que atendemos en mediación están girando a esta percepción, en los casos de la extinción de los bienes gananciales y los conflictos de herencias, a partir de ahora citaremos al premio Nobel para que las partes estudien esta cuestión, además de que tasen sus propiedades. 


Fuente de la información:

BBC
"Qué es la "teoría del empujón" que le hizo ganar al estadounidense Richard H. Thaler el Nobel de Economía"



viernes, 6 de octubre de 2017

¿De qué color es el mástil de tu bandera?

Pintando de blanco el mástil de la bandera, Plaza de Colón, 6 de octubre de 2017, 8 de la mañana.
Mástil de la bandera de España que está siendo repintado de blanco. Plaza de Colón, 6 de octubre de 2017, 8 de la mañana.



El color blanco es la suma de todos los colores y además representa señales de no hostilidad. La bandera blanca es un símbolo de paz y no beligerancia.

Por casualidad hoy he visto una imagen que me ha llamado la atención, estaban pintando con una nueva capa de pintura blanca el mástil de la bandera de España.

Apenas si hacía aire y por lo tanto la bandera no estaba desplegada, se apreciaban colores pero sin definir su orden.

Si hubiera que hablar de cosas comunes que comparten las banderas, posiblemente una de ellas sería esta, que el mástil suele ser blanco y que si no hace aire no se aprecian sus colores.

En cualquier caso, sobre la paz se puede sustentar cualquier identidad, cualquier reivindicación. Reconocer el mástil de cualquier bandera ya es mucho, respetar las distintas identidades es una aspiración de nuestra Constitución vigente. No perdamos el respeto y anhelemos la paz por encima de la razón.

Diálogos para la mejor Mediación, que por cierto, no tiene por qué ser conocida por personas ajenas a su intervención y por supuesto, lo conversado es confidencial.

domingo, 9 de julio de 2017

Esperar con la boca abierta como un pajarillo boberón


"Esperar con la boca abierta como un pajarillo boberón",  expresión que sirve para ilustrar que no se disimula el interés en lo que se debe recibir. 

La obligación de alimentar puede ser tratada en Mediación, en algunos casos los obligados que incumplen su deber, alegan no entender esa obligación que llegan a considerar opcional. 

Quizás esta imagen de "esperar con la boca abierta" pueda ilustrar, por qué es tan grave incumplir con ese deber. 


lunes, 3 de julio de 2017

Los cipreses ¿creen en la mediación?.


Pasear y ver en un jardín un ciprés, te invita a reflexionar. Lo primero que uno recuerda son títulos de libros, como "Los cipreses creen en Dios" o "La sombra del ciprés es alargada", después se invoca lo que simbolizan los cipreses. Se les atribuyen el significado de la hospitalidad, por eso en las villas o fincas en las que se podía distinguir un ciprés se entendía que encontraríamos gente hospitalaria. Más curiosa es la existencia de este árbol en los camposantos, esa hospitalidad cuanto más tarde sea aceptada mucho mejor. 

El ciprés también se convirtió en una excelente forma de hacer seto o muralla que además protegía del ruido en las parcelas perimetradas por este árbol. 

Me quedo con el significado de la hospitalidad. 

Me pregunto si no debería ser el ciprés el signo de los mediadores. 

Curiosamente las personas con conflictos consideran que son más hospitalarios los abogados que los mediadores. Al mediador no se le considera alguien interesado en conseguir los mismos fines, quizá sea por eso. 

Un abogado es alguien idealizado y del que pensamos que se aliará a nuestra causa y además pondrá todos sus recursos a nuestra disposición, sin embargo, un mediador es alguien que te para, y te dice que él es neutro, imparcial y que no intervendrá en tu defensa y que incluso podría parar tus ataques. Difícil ver al mediador como hospitalario con esta tarjeta de visita. 

Sin embargo cuando se trata de llevar a otra parte en conflicto, no ante un tribunal, sino ante un mediador, la idea de hospitalidad va cobrando sentido. 

En fin, creo que la idea de hospitalidad en la mediación no existe, porque sencillamente no existe la idealización de cómo son los mediadores. 

Habrá que trabajar para difundir esta imagen hospitalaria de las mediaciones. 

De momento... contemplaremos los cipreses pensando que alguna vez creerán en la mediación.


viernes, 31 de marzo de 2017

"Que el derecho te acompañe"; y la Mediación, ¿qué?

La portada del número 102 de la revista Abogacía Española correspondiente al mes de marzo de 2017 está dedicada al "Plan estratégico  Abogacía 2020".

El pasado 9 de diciembre de 2016 se publicaban en la web del Consejo General de la Abogacía Española las 34 propuestas para el pacto de Estado por la Justicia con el siguiente titular "La Abogacía presenta una propuesta de 34 puntos para alcanzar un pacto de Estado por la Justicia". La propuesta 19ª menciona expresamente la mediación con el siguiente literal: "Es indispensable un impulso decidido y eficaz de mecanismos alternativos de solución de conflictos (mediación intrajudicial, conformidades, arbitraje) fomentando la cultura del acuerdo".

Por otro lado, el 6 de febrero de 2016 se presenta el Plan Estratégico de la Abogacía con 23 objetivos y 163 medidas previstas para 2017-2020. En el cuarto grupo de medidas destacadas en la información se menciona la mediación. Se cita expresamente "Impulso de la abogacía preventiva mediante un sistema de resolución de conflictos alternativo al proceso judicial, como la mediación y el arbitraje, para lograr el acuerdo a través de una negociación privada donde las partes estén apoyadas y asesoradas en todo momento por un abogado".

Al hilo de esta cuestión publicábamos esta entrada en el blog titulada:


La mediación "prodigada superfluamente" en la propuesta del pacto de Estado por la Justicia del CGAE y el cancionero infantil.

http://cmccr.blogspot.com.es/2017/02/la-mediacion-prodigada-superfluamente.html


El contenido de este número podría haber entrado en los detalles de los ejes, objetivos y medidas más innovadores, como por ejemplo la mediación, sin embargo no ha sido así. Si antes hablábamos de la escasas referencias a la mediación, es este número ni las hemos encontrado, estamos hablando de los mismos, ejes, mismos objetivos y mismas medidas, claro que con el genérico "Abogacía integral de conflictos", se integrará todos los sistemas de resolución de conflictos, los litigiosos 99.99 % y los alternativos al litigio, el 0.01% entre los que se incluyen negociación, conciliación, mediación, arbitraje...." 
Ni una sola referencia a la mediación en las partes más significativas de los textos, Abogacía gestora integral de conflictos. 

Para una nimia referencia esta se hace al lado del Arbitraje.
¿Por qué la Mediación se asocia a Arbitraje?

La vaga mención se hace bajo el apartado "Consolidación de la abogacía preventiva y potenciación de la mediación" y  al lado "y arbitraje"

Esta mención Contraviene el mandato de la propia Ley de Mediación, que menciona expresamente en el párrafo tercero del apartado I del preámbulo de la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles :

Entre las ventajas de la mediación es de destacar su capacidad para dar soluciones prácticas, efectivas y rentables a determinados conflictos entre partes y ello la configura como una alternativa al proceso judicial o a la vía arbitral, de los que se ha de deslindar con claridad.

La Abogacía se empeña, cuando habla de Mediación, situarla al lado del arbitraje, cuando son temas que incluso la Ley obliga a deslindar con claridad. 



Contrasta esta ausencia que los profesionales de la abogacía colaborativa y abogados mediadores esperábamos con las tres páginas que se dedica al tema de Ocio; "Star Wars, Que el Derecho te acompañe".

Ningún espacio para la mediación no es acertado, tampoco lo son tres páginas al monotema Star Wars. 

La mediación saldrá adelante a pesar de nuestra pasividad es solo cuestión de coherencia, adecuación y cohesión como las normas de cualquier texto. 

Acceso a la revista Abogacía:
http://www.abogacia.es/2017/03/14/revista-abogacia-espanola-no-102/

lunes, 27 de febrero de 2017

Proposición no de Ley relativa a fomentar la mediación como forma de resolución de conflictos

El pasado 3 de febrero el grupo Parlamentario Popular presentó una Proposición no de Ley en la que se solicita al Gobierno la declaración del 21 de enero como día de la Mediación y potenciar la mediación.





Texto íntegro de Proposición no de Ley relativa a fomentar la mediación como forma de resolución de conflictos (162/000319) 
Presentado el 03/02/2017, calificado el 14/02/2017


A la Mesa del Congreso de los Diputados 

El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para fomentar la mediación como forma de resolución de conflictos, para su debate en Pleno. 

Exposición de motivos 

La aprobación de la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles, ha constituido hasta la fecha el hito principal para la implantación de la mediación en España. El interés que dicha ley ha despertado entre los profesionales implicados de cara a la utilización de esta institución para la solución extrajudicial de los conflictos tiene que ser mejorada con más medidas tendentes a su conocimiento. 


Sin duda España cuenta con buenas herramientas jurídicas para dar satisfacción a la resolución de conflictos, y sin perjuicio de ámbitos en los que, cada vez en mayor medida, se recurre a la mediación como forma habitual de resolución de controversias, consideramos necesario reforzar esta institución y sensibilizar a la sociedad para conseguir una amplia utilización de la misma. 

Desde el año 2013 hasta el año 2015, y siguiendo los datos del servicio de estadística del CGPJ, se han promovido 17.046 mediaciones intrajudiciales en el ámbito familiar, 910 en el ámbito civil y 12.002 en el ámbito penal. El incremento del uso de la mediación y el desarrollo de esta herramienta nos llevan a una situación, que no es exclusiva de España, sino que se repite en la mayor parte de los países de nuestro entorno; y que han hecho que se haya abierto ya un debate sobre las medidas que hagan posible un mayor empleo de la mediación. Existe un consenso generalizado acerca del papel que este instrumento debe jugar dentro del proceso de transformación de la Administración de Justicia, tanto para aliviar la carga de asuntos que llegan a los tribunales, como por la de su empleo como instrumento de gestión procesal que facilite a los profesionales de la justicia su función, y principalmente como medio eficaz que facilite al ciudadano la resolución de sus controversias, actuando con plena libertad. 

En este orden de cosas, parece necesario instar al Gobierno para que continúe potenciando la mediación sin pérdida de su configuración, como un sistema basado en la voluntariedad, y que incorpore incentivos a su utilización. Para ello se deberán valorar qué modificaciones contribuyen a ese objetivo incluyéndose en la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles, y en la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, sin olvidar el Real Decreto 980/2013, de 13 de diciembre, por el que se desarrollan determinados aspectos de la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles. 

Por otro lado, con esta iniciativa se quiere poner de relieve los valores que para la convivencia democrática y la paz social dentro de nuestra sociedad subyacen a la mediación, como es el valor del diálogo, la cooperación entre las personas y la responsabilidad de los ciudadanos ante los conflictos que se les puedan plantear. 

Por todo lo anterior, y teniendo en cuenta que el 21 de enero ya se celebra el Día Europeo de la Mediación, coincidiendo con la aprobación por el Comité de Ministros del Consejo de Europa del primer texto legislativo sobre mediación familiar, la Recomendación n.º 98, de 21 de enero de 1998, nos parece necesario que se declare el día 21 de enero como "Día Nacional de la Mediación". 

Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente 

Proposición no de Ley 

"El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a: 

1. Potenciar la mediación como herramienta de resolución de conflictos. 

2. Dar a conocer la mediación a toda la ciudadanía, sensibilizando sobre las ventajas de su utilización, a través de campañas de difusión y colaborando con las instituciones del ámbito de la mediación. 

3. Trabajar estrechamente con los especialistas en mediación y las instituciones en que se integra, acercando espacios de colaboración y apoyo para las actuaciones que se deben emprender. 

4. Incluir el valor de la mediación dentro del entorno educativo. 

5. Declarar el día 21 de enero como "Día Nacional de la Mediación"." 

Palacio del Congreso de los Diputados, 3 de febrero de 2017.-Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.




Fuente de la información:

http://www.congreso.es/portal/page/portal/Congreso/PopUpCGI?CMD=VERLST&BASE=pu12&FMT=PUWTXDTS.fmt&DOCS=1-1&DOCORDER=LIFO&QUERY=%28BOCG-12-D-105.CODI.%29#(Página15)

domingo, 19 de febrero de 2017

Diez iconos de WhatsApp para representar la Mediación Intrajudicial


Diez iconos para representar algo... son muchos. Quizás sean demasiados para explicar la "Mediación intrajudicial" pero bueno, ha surgido al hilo de una conversación familiar en la que, con tres iconos se resolvía la conversación "me voy a teñir las canas". 

Hoy por hoy, no me imagino a abogados enviando estos mensajes a sus clientes ni a sus colegas. Una bandera blanca ¿sería suficiente?. Ahora hay que justificar todo, y quizás por eso sea más complicado. 

Menos imaginable sería la representación iconográfica del estado de un procedimiento que está en fase de Mediación en el actual modelo de "Expediente Judicial Electrónico". 

También llama la atención que los abogados no puedan en Lexnet solicitar Mediación en un procedimiento ya iniciado salvo que sea como un mero escrito de trámite y por supuesto impensable como Asunto iniciador.

Nos sigue sorprendiendo que existan Juzgados de Paz que no se usan para resolver conflictos, y que el primer procedimiento previsto sea el de Conciliación, que prácticamente tampoco se utiliza por los abogados. 

Si hubiera que marcar un objetivo con un eslogan iconográfico diría: 

                 "Stop pleitos sin mediación". 


La estadística de Mediación no se puede medir en número de derivaciones de procedimientos judiciales a Mediación, sino en tanto por ciento de procedimientos derivados a mediación, sobre el total. 


El objetivo debería ser el 100 % de los procedimientos. Estamos hablando de que hoy por hoy tendríamos que representar la tasa así: 0.000001 % de asuntos, (no merece la pena ni ser preciso en la cifra). No estamos ni en el 1 por 100, mientras tanto seguimos hablando y hablando de los éxitos de la mediación.   

Abramos concurso de ideas para representar de manera más gráfica la representación iconográfica de la mediación intrajudicial. 

Me consta que no se entiende, lo que quiere decir que se puede mejorar. 

Lo explico:



La idea sería representar el objetivo de frenar los pleitos sin mediación proponiendo arreglos con mediación para lo que solo hace falta un poco de tiempo, aportar ideas, focalizar en soluciones, ver el detalle y obtendremos a las dos partes ganadoras.

Será muy pretencioso por mi parte pensar que alguien ha llegado leyendo hasta aquí, pero si así fuera y tiene otras ideas sobre cómo representar la mediación con iconos se aceptarían.

Me falta el icono del Mediador, si alguien propone alguna sugerencia también se agradecerá infinitamente. 

miércoles, 8 de febrero de 2017

La mediación "prodigada superfluamente" en la propuesta del pacto de Estado por la Justicia del CGAE y el cancionero infantil.





El pasado 9 de diciembre de 2016 se publicaban en la web del Consejo General de la Abogacía Española las 34 propuestas para el pacto de Estado por la Justicia con el siguiente titular "La Abogacía presenta una propuesta de 34 puntos para alcanzar un pacto de Estado por la Justicia". La propuesta 19ª menciona expresamente la mediación con el siguiente literal: "Es indispensable un impulso decidido y eficaz de mecanismos alternativos de solución de conflictos (mediación intrajudicial, conformidades, arbitraje) fomentando la cultura del acuerdo".
Por otro lado, el 6 de febrero de 2016 se presenta el Plan Estratégico de la Abogacía con 23 objetivos y 163 medidas previstas para 2017-2020. En el cuarto grupo de medidas destacadas en la información se menciona la mediación. Se cita expresamente "Impulso de la abogacía preventiva mediante un sistema de resolución de conflictos alternativo al proceso judicial, como la mediación y el arbitraje, para lograr el acuerdo a través de una negociación privada donde las partes estén apoyadas y asesoradas en todo momento por un abogado".
A la luz de estas propuestas, el futuro de la mediación desde la Abogacía se ve profuso, es decir: "prodigado superfluamente" que veríamos en el Diccionario de la Real Academia de la Lengua.
La situación de la Mediación con respecto al interés del Consejo General de la Abogacía Española me recuerda dos canciones infantiles. 
  • La primera es: 
    • "Había una vez un barquito chiquitito, que no sabía, que no podía navegar, pasaron un, dos, tres, cuatro, cinco, seis semanas, y aquel barquito y aquel barquito, y aquel barquito navegó, y si esta historia te parece corta, volveremos, volveremos a empezar".

  • La segunda es:

    •  "Tengo, tengo, tengo, tu no tienes nada..."
 En fin, estas canciones son fáciles de recordar porque mantienen la técnica de la repetición y simplicidad. Lo que se aprende a base de repetir, si es sencillo no se olvida, por muchos años que pasen. El CGAE utiliza la técnica de la cantinela, nos repite una y otra vez las estrategias y objetivos en materia de mediación, mientras que repite y repite, año tras año, y de manera simplista, parece que verdaderamente se hace algo, en realidad lo que único que se hace es entonar y tarerear de forma burda y sin emoción la canción mal aprendida de fomentar la Mediación.
Resulta contradictorio que el propio Consejo General de la Abogacía incurra en esta situación de "languidez provocada" de la Mediación. Somos guardianes de la legalidad y del ejercicio profesional ajustado a este principio. Es como si se quisiera esconder la claridad de lo dictado en la Ley 5/2012 de Mediación.
La Mediación, hoy por hoy, está incardinada en la Ley como parte del Derecho a la tutela judicial efectiva, por lo tanto un Derecho Fundamental.  La negación del acceso a este derecho y su deliberada omisión debería producir los mismos efectos que la indefensión.

Los letrados que aleguen causas de nulidad en los procesos en los que no se haya ofrecido expresamente la posibilidad de recurrir a la Mediación podrían encontrar otra vía de defensa de los intereses de sus defendidos alegando la vulneración de este Derecho Fundamental.

El ofrecimiento de acudir a mediación no puede ser interpretado como una fórmula preprocesal de puro trámite para impulsar el procedimiento, sino como una forma clara de informar de este derecho a decidir con la otra parte el contenido de su pretensión. Recuerda esta situación a lo que ha ocurrido con las claúsulas suelo, que al final se integran en los procesos como mera retórica para seguir adelante con la omisión de derechos del administrado.

Podemos deducir que no debe existir ni un sólo pleito sin mediación, y que sin mediación no hay justicia.

Que los letrados que, no sepan o no quieran que la mediación haya formado parte de los asuntos en los que intervienen, debería ser la excepción, no lo línea general de actuación. El muro que se construye en torno al derecho a la mediación en un conflicto se irá haciendo cada vez más visible.
Los abogados estamos atentando contra el derecho a la igualdad de nuestros defendidos ya que no les damos las mismas oportunidades. Hay ciudadanos que si pueden acceder a este derecho porque conocen este sistema y porque hay servicios de mediación intrajudicial en los órganos en los que se tramita su procedimiento y otros ciudadanos a los que sus letrados no les explican este derecho con claridad de tal forma que se acredite la comprensión de lo explicado.

Aunque no se haya escrito, los intervinientes que invocan la mediación y que participan en ella, tienen ventajas procesales de las que nada queremos saber y mucho menos, recomendar a nuestros clientes.
El Consejo General de la Abogacía Española debe abogar por el derecho de los ciudadanos a la mediación en todos los conflictos y debe facilitar, de una vez, a los profesionales que representa, que puedan practicar los sistemas que permiten la igualdad de derechos y el acceso al derecho de la mediación.
El CGAE debe tener su Registro de Abogados Mediadores y áreas departamentales que contengan esta especialidad para lo que hay que habilitar un presupuesto económico para la ejecución de estos objetivos. También debe cumplir el mandato de la Ley de diferenciar la mediación de otras formas alternativas de resolución de conflictos con una definición de objetivos específicos en materia de Mediación. 
La expresión "Es indispensable un impulso decidido y eficaz de mecanismos alternativos de solución de conflictos" debería sustituirse por una habilitación presupuestaria que permita el registro de abogados mediadores y acciones de difusión para que este derecho fundamental sea accesible a todos los ciudadanos. El objetivo debería ser "Ningún abogado sin ofrecer mediación a sus clientes y ningún conflicto sin mediación".

En cuanto al "Impulso de la abogacía preventiva mediante un sistema de resolución de conflictos alternativo al proceso judicial, como la mediación" se debería sustituir el "impulso" por la ejecución del presupuesto del programa de mediación del CGAE con medidas reales que vayan más allá de la declaración de intenciones.  

Mientras no se habilite dotaciones presupuestarias que recojan el gasto en mediación todo esto sonará al cancionero infantil.


Enlaces:

La Abogacía presenta una propuesta de 34 puntos para alcanzar un pacto de Estado por la Justicia".
http://www.abogacia.es/2016/12/09/la-abogacia-presenta-una-propuesta-de-34-puntos-para-alcanzar-un-pacto-de-estado-por-la-justicia/

Victoria Ortega presenta el Plan Estratégico de la Abogacía con 23 objetivos y 163 medidas previstas para 2017-2020
http://www.abogacia.es/2017/02/06/victoria-ortega-presenta-el-plan-estrategico-de-la-abogacia-con-23-objetivos-y-163-medidas-previstas-para-2017-2020/

Ley 5/2012 de Mediación.
Artículo 24 de la Constitución Española:
Artículo 24
1.Todas las personas tienen derecho a obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, sin que, en ningún caso, pueda producirse indefensión.
2.Asimismo, todos tienen derecho al Juez ordinario predeterminado por la ley, a la defensa y a la asistencia de letrado, a ser informados de la acusación formulada contra ellos, a un proceso público sin dilaciones indebidas y con todas las garantías, a utilizar los medios de prueba pertinentes para su defensa, a no declarar contra sí mismos, a no confesarse culpables y a la presunción de inocencia.
La ley regulará los casos en que, por razón de parentesco o de secreto profesional, no se estará obligado a declarar sobre hechos presuntamente delictivos.
Artículo 14 de la Constitución Española:
Artículo 14
Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

viernes, 20 de enero de 2017

¿Alguien voló sobre el nido del mediador?, Barbie y Ken jamás acudirán a mediación, ni por decreto.

Comprar un gorro de lana para paliar el frío puede ser una buena solución, y además muy barata. Hace unos días tuve ocasión de comprar uno, el precio era muy bajo, da casi apuro decirlo, 1,95 euros. Todo esto ha coincidido con un invierno, como los de siempre, de mucho frío y por lo tanto, el gorro se ha convertido en imprescindible y de casi uso diario. El gorro no solo te protege del frío, te envuelve en un halo de uniformidad al que se incorpora la pérdida de identidad y casi te permite llegar al anonimato, también te hace parecer alguien que sabe protegerse de la adversidad y aguantar a la intemperie. 


Mediador probándose un gorro de lana en Diciembre de 2016

Sea como fuera, cuando me compré el gorro, me lo probé y me hice una foto que compartí con mi familia, después pensé en la imagen de Jack Nicholson en la película "Alguien voló sobre el nido del cuco" y recordé esa historia. De repente, vi la imagen  de un mediador con gorro de lana intentando sobrevivir en un mundo de locos, sin ser demasiado consciente de que, a lo mejor, el menos cuerdo era él, no sería raro entonces pensar que podría terminar con terapia punitiva para espabilar y despertar al mundo real.

Imagen de la carátula de la película "Alquien voló sobre el nido del cuco", 
aparece Jack Nicholson con un gorro de lana.
Esta prenda ha sido la propuesta para representar a los mediadores.

Al hilo de todo el esfuerzo que se hace para que la actividad profesional de la mediación sea viable, verse en esta imagen, es cuando menos desolador. El mediador que escribe se ve alejado de la cordura, pensando en que su idea de vivir de esta profesión, es de "locos".

Se menciona la Mediación en todos los ámbitos -que ya es un logro- pero cuando intentas comprender hacia dónde se dirigen las acciones para conseguir que la mediación despegue, te das cuenta que no hay verdadera intención de que los mediadores puedan subsistir de la mediación. El último ejemplo, la regulación de un procedimiento extrajudicial de resolución de conflictos en materia de cláusulas abusivas de la banca. En principio se propuso la mediación obligatoria para las entidades financieras, pero eso conduciría al debate de ¿quien podría postularse en los procedimientos de mediación?. Parece mentira, pero la ocasión de reenvíar a los mediadores este tipo de conflicto ha debido constituir un verdadero debate interno entre el resto de los posibles representantes de postulantes, especialmente la abogacía. De esa maravillosa idea de crear un procedimiento de mediación, entre ciudadanos afectados de cláusulas abusivas por un lado, y las entidades financieras que cometieron esos abusos por otro lado, ha quedado un procedimiento extrajudicial llamado reclamación previa, eliminando las referencias de mediación y por lo tanto, mediador. ¿Es o no es de locos? 

Me imagino a un mediador (sobre el que nadie voló) mirando ilusionado las posibilidades de intervenir en mediaciones en el escaparate de una juguetería en el que anuncian que: "Barbie y Ken, si se divorciaran acudirían a mediación, por decreto".

Este es el escenario que se nos dibuja, es como si se nos dijera, vais a poder mediar, cada vez hay más posibilidades, de hecho, ya podrías intervenir en las mediaciones intrajudiciales e incluso extrajudiciales, tenemos nuestro registro de mediadores (absolutamente imposible de utilizar para un usuario que necesitara mediación) y hasta es posible que se regule la mediación obligatoria o un canon para los que las mediaciones gratuitas empiecen a percibir unos mínimos.

Mientras tanto el mundo globalizado va conociendo propuestas hasta ahora inéditas, se habla de políticas para los perdedores de la globalización, ha llegado la posverdad, la desglobalización, el estado líquido y vivimos en una distopía. 

Seguiremos esperando a que alguien vuele sobre el nido del mediador, confiando que efectivamente Barbie y Ken necesiten mediación, por si la espera se hace intensa, recomendaré que la prenda que represente a los mediadores sea un gorro de lana al estilo McMurphy.
 
Resultado de la búsqueda de imágenes en Google con el contenido "Barbie y Ken van a mediación"



Fuente de la imagen de la película "Alguien voló sobre el nido del cuco"

Referencias de la película:
https://es.wikipedia.org/wiki/One_Flew_Over_the_Cuckoo's_Nest

Real Decreto-ley 1/2017, de 20 de enero, de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo.
https://www.boe.es/boe/dias/2017/01/21/pdfs/BOE-A-2017-653.pdf