jueves, 13 de septiembre de 2012

Incentivo de la Mediación vía PROYECTO DE LEY POR LA QUE SE REGULAN DETERMINADAS TASAS EN EL ÁMBITO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Y DEL INSTITUTO NACIONAL DE TOXICOLOGÍA Y CIENCIAS FORENSES

El PROYECTO DE LEY POR LA QUE SE REGULAN DETERMINADAS TASAS EN EL ÁMBITO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Y DEL INSTITUTO NACIONAL DE TOXICOLOGÍA Y CIENCIAS FORENSES de fecha 7 de septiembre de 2012

En su tercer apartado de Exposición de Motivos expresamente dice que:

"La ley desarrolla las diversas cuestiones que puede suscitar la liquidación de la tasa y, en especial, las que se refieren a la variación del pago de la tasa, la cual se verá afectada, por ejemplo, por el paso de un proceso monitorio a otro verbal u ordinario. Con la finalidad básica de incentivar la solución de los litigios por medios extrajudiciales, se establece una bonificación de la cuota de la tasa, en todos los procesos objeto de la misma, cuando se alcance una terminación extrajudicial que ahorre parte de los costes de la prestación de servicios. Se trata de una bonificación de la cuota de la tasa y no de una devolución de ingresos indebidos, por lo que el derecho al pago de dicho beneficio sólo se produce desde el momento en que el Secretario judicial competente certifique que se ha terminado el proceso por dicha vía extrajudicial."

En el artículo 8) Autoliquidación y Pago, en el apartado 5), se recoge el importe de la bonificación. Resproducimos contenido literaral: " Se aplicará una bonificación del 60 por ciento del importe de la cuota de esta tasa cuando, en cualquiera de los procesos cuya iniciación de lugar al devengo de este tributo, se alcance una solución extrajudicial del litigio. Esta bonificación dará derecho, desde que el Secretario judicial certifique dicha solución extrajudicial, a la devolución de la cuantía de la misma.

El gobierno quiere impulsar con esta modificación legislativa el recurso a los sistemas alternativos de resolución de conflictos. Esperemos que así sea y que efectivamente los usuarios de la Administración de Justicia vean cada vez más conveniente recurrir a profesionales de la Mediación.


Proyecto completo:


viernes, 27 de julio de 2012

Entrevista a Ana Criado, Presidenta de la Asociación Madrileña de Mediadores. Julio 2012

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Recomendamos el video con la entrevista a Ana Criado Inchauspe, presidenta de la Asociación Madrileña de Mediadores. De una manera breve y concisa explica lo imprescindible para conocer la Mediación.

Fuente:
http://www.linkedin.com/pub/ana-criado-inchauspe/11/5b0/80a


http://informativojuridico.com/entrevista-exclusiva-con-ana-criado-inchausp%C3%A9-presidenta-de-la-asociaci%C3%B3n-madrile%C3%B1a-de-mediaci%C3%B3n

Agradecemos a Ana Criado el interés y constancia difundiendo la mediación.

martes, 24 de julio de 2012

Conferencia de Universidades para el Estudio de la Mediación y los Conflictos.

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El pasado 8 de junio, en la sede de la Universidad Complutense de Madrid, se creó la Conferencia de Universidades para el Estudio de la Mediación y los Conflictos (CUEMYC).


Esta plataforma, constituida por la mayoría de los responsables de formación de posgrados y másters en Mediación, así como los Directores de Institutos de Investigación de las Universidades españolas, nace con el objetivo de ser un referente nacional e internacional en la consecución de calidad en la mediación.

Información obtenida en:




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domingo, 1 de julio de 2012

El CGPJ aboga por destifipicar ciertas faltas penales y apoya una cultura de resolución de conflictos basada en la mediación, conciliación y arbitraje



jueves, 28 de junio de 2012


El CGPJ aboga por destifipicar ciertas faltas penales y apoya una cultura de resolución de conflictos basada en la mediación, conciliación y arbitraje


El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) aboga por la despenalización de algunas faltas contempladas en el Código Penal, con el fin de liberar a los jueces de instrucción de enjuiciar esas responsabilidades y que puedan dedicar sus esfuerzos a los asuntos importantes y complejos, de acuerdo con un informe aprobado por unanimidad por el Pleno del órgano de gobierno de los jueces del día 28 de junio, titulado "Propuestas para la reducción de la litigiosidad" y suscrito por los vocales Antonio Monserrat, Margarita Uría, Ramón Camp y Miguel Collado.


Fecha de inicio: jueves, 28 de junio de 2012


Según el citado informe, los niveles de litigiosidad son especialmente acusados en la jurisdicción penal, casi el 71 por ciento del total de los asuntos ingresados en el año 2010 en todas las jurisdicciones. "Los Juzgados de Instrucción conocen del enjuiciamiento de la mayoría de las faltas" –dice el informe-, "3.448.548 asuntos de los 6.639.356 ingresados en el orden penal en 2010".


El CGPJ propone, como primera medida, ampliar las capacidades y competencias de los Jueces de Paz para que puedan juzgar estas faltas que actualmente resuelven los jueces de instrucción. Y plantea, como segunda medida, la posibilidad de configurar en un futuro un nuevo cuerpo judicial diferente al de los jueces y magistrados de carrera, pero especializados en este campo, los llamados "Jueces de Justicia Básica".


De esta forma, dice el informe, se "contribuiría a aligerar la carga de trabajo actualmente soportada por los Jueces de carrera, derivando un gran número de litigios con escaso alcance económico y poca complejidad jurídica hacia ese segundo circuito de órganos judiciales".


El CGPJ, por otra parte, apoya decididamente fomentar y redoblar los esfuerzos por implantar en España una cultura de resolución de conflictos fundada sobre tres pilares básicos: la mediación, el arbitraje y la conciliación.


Aunque el CGPJ aconseja no configurar la mediación como un requisito obligatorio, impuesto por la ley para emprender una acción judicial, sí considera que es un medio alternativo idóneo de solución de conflictos. "Especialmente aconsejable en contextos en que las partes, pese a la controversia surgida entre ellas, están llamadas a seguir manteniendo relaciones personales o comerciales en el futuro", dice el informe. Un recurso, el de la mediación, que "debe ser fomentado desde las instancias públicas, creando condiciones legislativas adecuadas".


Sobre el arbitraje, el CGPJ reconoce que su papel como factor reductor de la litigiosidad es relativo desde un punto de vista cuantitativo, aunque su efecto "también debe medirse en el plano cualitativo, al descargar a los Juzgados y Tribunales del conocimiento de esta clase de asuntos de larga y difícil solución". El Consejo, sin embargo, señala que el arbitraje se encuentra insuficientemente desarrollado en los campos de lo laboral y de contencioso-administrativo; en consumo el arbitraje no redunda –o sólo escasamente- "en una auténtica evitación de la litigiosidad".


En materia de conciliación, aunque el Consejo reconoce el fracaso de la comparecencia previa en el procedimiento de menor cuantía (artículos 691 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), sigue apostando por ello. "La experiencia de otros países demuestra igualmente que es muy importante que en materia de conciliación se asegure la presencia del juez en el primer momento", explica el informe.


En referencia concreta a la litigiosidad civil y mercantil, el CGPJ aconseja "implantar la conciliación obligatoria, previa a la interposición del litigio propiamente dicho". Y añade: "El juez debería convocar a las partes al acto de conciliación, con obligatoria presencia de las partes y de su representación y defensa letradas, así como del propio juez".


En este caso la parte demandada puede hacer a la contraparte una oferta de transacción, antes del juicio, incluyendo las costas causadas hasta ese momento. Si la otra parte lo rechaza y el fallo, finalmente, no le es más favorable que la oferta que el demandado le hizo, pese a ganar el pleito deberá abonar las costas causadas con posterioridad al momento de formulación de la oferta de transacción.


Sobre las costas, el informe manifiesta que pueden cumplir un papel reductor de la litigiosidad, como se reconoce en el actual Anteproyecto de Ley presentado por el Gobierno, sobre el que el Consejo ya hizo su valoración, pero va más allá: "están cumpliendo una importante función disuasoria hacia la utilización poco rigurosa de la Administración de Justicia".


Fuente:


http://www.poderjudicial.es/portal/site/cgpj/menuitem.0cb0942ae6fbda1c1ef62232dc432ea0/?vgnextoid=fb4844d0d3438310VgnVCM1000006f48ac0aRCRD&vgnextchannel=3a20f20408619210VgnVCM100000cb34e20aRCRD&vgnextfmt=default

domingo, 17 de junio de 2012

Foro Mundial de Mediación 2012-World Mediation Forum 2012


Recibimos información sobre la organización de la VIII Conferencia Internacional del World Mediation Forum - Spain 2012 de su Presidenta Mª Alejandra Ramírez Cuenca. Agradecemos su interés por compartir esta información, felicitamos a los organizadores del evento y animamos a todos los mediadores a su participación.

Más información en:
http://www.worldmediationforum.com/es/

Centro de Mediación del Colegio de Abogados de Valencia

El Colegio de Abogados de Valencia ya tiene su centro de Mediación y web en la que se explican los servicios que se ofrecen.

http://www.mediacion.icav.es/

jueves, 7 de junio de 2012

Nace la Sociedad Catalana de Mediación en Salud



Nace la Sociedad Catalana de Mediación en Salud


Usuarios, patronales y colegios profesionales crean un instrumento para promover la solución de conflictos fuera del ámbito judicial.

La iniciativa cuenta con el apoyo de la Universitat de Barcelona, el Departamento de Salud y el Centro de Mediación de Derecho Privado de la Generalitat.

La Sociedad Catalana de Mediación en Salud (SCMS) se empezó a gestar en 2010. Sus impulsores son la Coordinadora de Usuarios de la Sanidad, Salud, Consumo y Alimentación (CUS), las patronales Consorcio de Salud y Social de Cataluña (CSC), Unión Catalana de Hospitales (UCH) y Asociación Catalana de Entidades de Salud (ACES) y los colegios profesionales de Trabajo Social, de Fisioterapeutas y de Psicólogos.

La SCMS es un organismo independiente de las administraciones. Se dedicará tanto a la mediación y gestión de conflictos como la promoción de esta alternativa a través de la investigación y el desarrollo de proyectos que impulsen "la cultura de la paz y del diálogo como método para la resolución de conflictos", según palabras de Francesc José Maria, presidente de la nueva entidad.

Según los fundadores de la SCMS, la mediación se puede aplicar con éxito en conflictos entre usuarios y profesionales o bien organizaciones, en casos de negligencias o errores profesionales o de vulneración de derechos de los ciudadanos como la confidencialidad o la intimidad. También es aplicable en conflictos interculturales o entre profesionales.

La SCMS cuenta con el apoyo de Departamento de Salud y del Centro de Mediación de Derecho Privado de la Generalitat, que depende del Departamento de Justicia. La Universitat de Barcelona es socia de honor y ha participado en la génesis del proyecto a través de su Observatorio de Mediación.

La mediación es un sistema extrajudicial y voluntario de resolver controversias que cuenta con una aceptación creciente. En el Estado Español, esta actividad se ha regulado recientemente, a través de un Real decreto publicado el día 6 de este mes de marzo.


Fuente:



Información aparecida en prensa:

Pacientes y sanitarios podrán resolver conflictos con un servicio de mediación de 540 euros


viernes, 11 de mayo de 2012

La web del Consejo General del Poder Judicial informa a los ciudadanos sobre cómo acceder a la mediación.

Cuando se escriba la Historia de la Mediación de España se deberá tener muy en cuenta que entre los principales promotores estuvo el Poder Judicial. Resulta muy curioso que sean los Jueces y Magistrados los que apoyen este sistema de resolución de conflictos y no sean los abogados los que estén interesados en esta fórmula de abordar los litigios de sus clientes.

En la web del Consejo General del Poder Judicial se sigue informando a los Ciudadanos sobre los procedimientos de Mediación. Esperamos que cunda el ejemplo y el resto de instituciones públicas se sumen a esta tarea de difusión de las bondades de la mediación.




Página en la que el Consejo General del Poder Judicial ofrece información al ciudadano sobre la Mediación y su acceso:


Enlace al texto explicativo de lo que es la Mediación:
http://www.poderjudicial.es/eversuite/GetRecords?Template=cgpj/cgpj/principalSec.htm&seccion=atencionCiudadano

Texto que se puede encontrar:





miércoles, 11 de abril de 2012

Mediación en Desahucios y Corte de Mediación en Ciudad Real

El Decano del Colegio de Abogados de Ciudad Real, Don Cipriano Arteche Gil en una entrevista concedida al diario provincial La Tribuna en su número del 8 de Abril de 2012, declaraba dos noticias de extraordinario interés para los que pretendemos que la práctica profesional de la Mediación sea difundida. Anunciaba dos iniciativas del Colegio de Abogados que de ponerse en marcha producirían un gran calado en la sociedad, ya que beneficiarían a los sectores de la población con menos capacidad de defensa. Se trata de un proyecto para mediar en desahucios y por otro lado la creación de una Corte de Mediación.

Excelentes iniciativas del Colegio de Abogados de Ciudad Real que esperamos que puedan ponerse en funcionamiento a la mayor brevedad.


Se agradece el interés en la Mediación del Decano del Colegio de Abogados de Ciudad Real, Don Cipriano Arteche Gil y de toda la Junta de Gobierno.


Información suministrada por el Colegio de Abogados de Ciudad Real.
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