jueves, 5 de diciembre de 2013

¿Quien prescribe al mediador? o el mediador no tiene quien le prescriba.



Hace muy pocos días me matriculé en un taller práctico de marketing experiencial. La cuestión es que me interesaba conocer cómo podría conseguir divulgar  los servicios que ofrece nuestro centro de mediación. 

Aprendí mucho sobre el mundo de la difusión y el comercio en las empresas. Cuando practicamos con la idea de divulgar las bondades de los servicios de un Centro de Mediación en Conflictos surgió la clave de lo que está pasando en estos momentos. Existe casi una parálisis total de esta actividad.  

Me llamó la atención que para conocer el funcionamiento de la mediación se utilizara la pregunta ¿quien prescribe los servicios del mediador?. La respuesta era sencilla, nadie. La respuesta me recordó el título de la novela de Gabriel García Márquez, "El coronel no tiene que le escriba".

Lo cierto es que los centros de mediación y los mediadores privados estamos intentando crear nuestra propia clientela, que en muchos casos derivamos a abogados, psicólogos, centros de salud, policía... La realidad es que nosotros, sin embargo no recibimos personas reenviadas de otros despachos de abogados, ni de profesionales de la sanidad, ni de salud emocional, ni de las fuerzas y cuerpos de seguridad del estado, ni de policía municipal, ni de ayuntamientos, ni de empresas, ni de prácticamente nadie. 

Es bueno que las personas físicas  y jurídicas conozcan la mediación, pero no la van a utilizar salvo que se la prescriba otro profesional. Quizás cuando la hayan experimentado la demandarán directamente. 

Sería de interés que se pudiera hacer campaña de difusión entre los distintos sectores que canalizan conflictos o que conocen que los conflictos son la causa de patologías de sus pacientes. Todo esto sin querer llegar a que los mediadores y centros de mediación se puedan terminar llamando "corre ambulancias", término que me enseñó compañero abogado y mediador argentino y que hacía alusión a determinada práctica "abogadil" por la que cada vez que se oía la sirena de una ambulancia se indagaba sobre el asunto para conocer si detrás podría haber un nuevo pleito que llevar en sus respectivos despachos. 

En cualquier caso se debe saber que los mediadores indican a sus clientes los servicios que necesitan inmediatamente y prescriben el tipo de profesional al que se deben dirigir cuando ven que su intervención no se adecua a los parámetros necesarios para iniciar o continuar con una mediación. 

De nuestros despachos, en las peticiones de información o primeras consultas, se quedan las personas que pueden estar en un proceso de mediación, con indicación de necesidad de abogado si no lo tiene. Por supuesto si se nos informa de alguna afección emocional se indica que la mediación debe ser conocida por su terapeuta para que este tutele si está en condiciones de participar en la mediación.  Y cuando la cuestión afecta a la integridad moral o física se recomienda valorar la denuncia además de solicitar la comparecencia de algún familiar cercano que le pueda acompañar en estas situaciones. No hace falta decir que hay un número importante de personas que tras conocer cómo funciona el proceso no se atreven a dar el paso y prefieren la vía tradicional de resolver sus diferencias con las indicaciones que estime un juez. 

Creo que en una primera fase la búsqueda de clientela en los destinatarios del servicio no es la adecuada. Veo más recomendable valorar la búsqueda de clientela entre los prescriptores de la mediación.

Entonces, ¿quien puede prescribir la mediación o al mediador?. No me imagino a los laboratorios de medicamentos explicando su producto a los usuarios finales. Creo que los colectivos de profesionales que observan cómo los conflictos son la fuente o se encuentran latentes en su trabajo diario pueden aprender a gestionar la derivación a los profesionales especializados en el tratamiento de los conflictos de una manera alternativa. Derivar a mediación desde todos los ámbitos profesionales debería ser una práctica habitual. Quizás sea aquí dónde debamos estar presentes los mediadores privados en una primera fase. 



jueves, 21 de noviembre de 2013

CMC Centro de Mediación en Conflictos participa en un taller de Marketing Experiencial.


José Cantero Gómez y Manuel Zamora Soria

Durante los días 20 y 21 de Noviembre se ha celebrado en la Cámara de Comercio de Ciudad Real un Taller de Marketing Experiencial. José Cantero Gómez es experto conocedor de esta materia. Los participantes han ha tenido la oportunidad de practicar con los casos reales que se han trabajado en el taller. 


La mediación en conflictos no es una práctica extendida y conocida por los ciudadanos. Con el marketing experiencial se podría trasladar una vivencia a las personas que puedan necesitar resolver un problema, de tal forma que se inclinen por la mediación y no por los sistemas habituales de resolución en conflictos. 

Manuel Zamora Soria pudo aportar diferentes ideas para otras actividades y su experiencia en la resolución de conflictos de forma alternativa. 

Por su parte, los asistentes al taller y el ponente también pudieron aportar ideas para divulgar la mediación en general y especialmente con técnicas de marketing experiencial. 

viernes, 15 de noviembre de 2013

Nueva Jornada Práctica del Postgrado de Mediación en Conflictos de la Universidad Complutense en Ciudad Real

Nueva Jornada Práctica del Postgrado de Mediación en Conflictos de la Universidad Complutense en Ciudad Real.

El pasado 14 de Noviembre se celebró una nueva Jornada Práctica del Postgrado de la Universidad Complutense que se están llevando a cabo en Ciudad Real. 

CMC Centro de Mediación en Conflictos de Ciudad Real tiene concertado convenio de colaboración con la Universidad madrileña para que los alumnos puedan hacer prácticas en un centro privado de mediación en todo tipo de conflictos.

Pilar García Navas Martín Fontecha y
Manuel Zamora Soria
Los alumnos pueden conocer en este centro cómo funciona un servicio de mediación y familiarizarse con particularidades que deben tenerse en cuenta si en el futuro desearan abordar esta actividad profesional.  

Los profesionales de la Mediación en estos momentos está muy pendientes de la publicación del reglamento de Mediación que regularía el registro de mediadores y las condiciones de acceso a este registro. También esperan que las iniciativas para las creaciones de Puntos Neutros Judiciales pueda desarrollarse en todos los juzgados de tal forma que quien lo desee pueda recurrir a la mediación intrajudicial. 

A lo largo del curso académico 2013-2014 se han planificado jornadas de actividades colaborativas en las que irán participando alumnos de la Universidad Complutense a los que se les explicará el proyecto privado de la implantación de un gabinete privado de mediación en conflictos e irá participando en sesiones de mediación.

Para esta primera jornada se ha contado con Pilar García-Navas Martín-Fontecha que es Educadora Social. Pilar tiene previsto incorporar a su proyecto profesional la especialización en Mediación y han querido contar con la experiencia previa en este tipo de iniciativas que ya funcionan en Ciudad Real desde Octubre de 2010. 

Se agradece a la Universidad Complutense la confianza que depositan en este Centro de Mediación y a los alumnos que optan por conocer las formas de trabajo de Ciudad Real.



Reseña aparecida en el diario Lanza de Ciudad Real sobre la Jornada de Mediación en Conflictos. 

Mediación en Consumo.

Mediación en consumo puesto en Marcha por la Junta de Andalucía


La plataforma 'Consumo Responde' informa de los beneficios en la mediación por su flexibilidad y solución a medida de las partes


La Secretaría General de Consumo, a través de la plataforma multicanal 'Consumo Responde', ha puesto en marcha una nueva campaña informativa sobre la mediación y sus ventajas para resolver conflictos entre las personas consumidoras y las empresas.

A través de un microespacio lanzado en las redes sociales y en youtube (http://youtu.be/oBUMcQFUe98), la Junta apuesta por la mediación por su eficacia y prestigio reconocidos tanto en Derecho comparado como en otros ámbitos ajenos al consumo. La mediación no pretende sustituir otros mecanismos de resolución de conflictos como el arbitraje o la jurisdicción ordinaria sino complementarlos, asegurando una plena satisfacción de los ciudadanos y ciudadanas de Andalucía.

Respecto de las ventajas de este sistema, destaca la libertad que tienen las partes en conflicto para buscar una solución aceptada voluntariamente por ambos. Además, son procesos menos costosos para las partes, mucho más rápidos de ejecutar y sobre todo, existe una orientación clara hacia la satisfacción de las personas implicadas, disminuye el estrés, origina empatía y reduce la conflictividad social.

La ciudadanía tiene a su disposición diferentes posibilidades de mediación como las realizadas por las asociaciones de personas consumidoras y usuarias, Oficinas Municipales de Información, Consejos provinciales y andaluz de consumo, los servicios provinciales y las juntas arbitrales de consumo. Se puede obtener más información sobre el procedimiento en el teléfono 900 21 50 80, enviando un correo aconsumoresponde@juntadeandalucia.es. o en la web www.consumoresponde.es

Fuente:

http://www.consumoresponde.es/noticia-cr/la-junta-divulga-un-microespacio-sobre-las-ventajas-y-el-bajo-coste-de-la-mediacion-en-la

sábado, 9 de noviembre de 2013

"Amigables componedores", figura que aparece en el código civil para resolver conflictos de división de bienes.

El código civil en su artículo 402 reconoce -para conflictos de división de bienes o particiones- la figura del "amigable componedor" nombrado por cada una de las partes. 

Sorprende que todavía no aparezca el reenvío al mediador en este tipo de conflicto tan habitual.  Invitamos a nuestros legisladores a que introduzcan esta modificación y se pueda actualizar el código civil en cuestiones tan básicas como esta. Resulta extraña la precisión de los términos para definir algo tan ambiguo y no se haga alusión a la figura que mejor podría resolver los conflictos de una forma no litigiosa o ¿amigable?.  




http://lema.rae.es/drae/?val=componedor

Art. 402 del Código Civil

Artículo 402
La división de la cosa común podrá hacerse por los interesados, o por árbitros o amigables componedores nombrados a voluntad de los partícipes.

En el caso de verificarse por árbitros o amigables componedores, deberán formar partes proporcionales al derecho de cada uno, evitando en cuanto sea posible los suplementos a metálico.



martes, 8 de octubre de 2013

Recogidas las propuestas en materia de formación en mediación de Manuel Zamora Soria en las Conclusiones y recomendaciones III Simposio Mediación y Tribunales. Madrid-Septiembre 2013

Entre las 10 conclusiones y recomendaciones finales del III Simposio de Mediación y Tribunales celebrado en Madrid el pasado mes de septiembre se recoge en segundo lugar la realizada por Manuel Zamora Soria a los organizadores de la Plataforma de Escuelas de Prácticas de Mediación. Manuel Zamora Soria, es formador y mediador, también fue fundador de "CMC Centros de Mediación en Conflictos" y aportó sus ideas para la propuesta de creación de una red de Escuelas de Prácticas en Mediación que aportaran cierta uniformidad.     
CMC. Centros de Mediación en Conflictos ha recibido con mucho interés esta noticia ya que consideran que se trabaja en la dirección adecuada en la cualificación de profesionales de la mediación.  La propuesta específica entre otras fue la siguiente: "Hay tres tipos de contenidos en cualquier formación profesional, Teóricos, prácticos y actitudinales, que se corresponden con saber, saber hacer y saber ser mediador. Cuando nos proponemos formar a alguien en su ejercicio profesional en casos reales hay que tener la pericia para transmitir fundamentalmente los contenidos referentes al saber ser mediador y saber mediar en la realidad".
Reproducimos las 10 conclusiones del Simposio:
Elena Lauroba Lacasa, Directora del Comité Científico del III Simposio Tribunales y Mediación en España y Profesora Titular de Derecho Civil en la Universidad de Barcelona fue quien presentó las conclusiones y recomendaciones del simposio.  En su salutación, Elena Lauroba decía "pensar en la Mediación un año después de la Ley 5/2012, con el referente de las experiencias en otros países y las aportaciones de los grupos de trabajo y de los comunicantes, se convierte en un festín intelectual, para disfrute y provecho de los asistentes al simposio. Es un disfrute responsable, porque va ligado a la apuesta por una mediación seria, en un momento de desafíos pendientes, como el desarrollo reglamentario de la ley o esa necesaria formación de calidad que permita considerar la mediación como una alternativa real".
Con la brillantez y agilidad que caracterizan su estilo como oradora, Elena Lauroba inició su intervención recordando que el simposio había sido posible gracias al trabajo de los PNPM, y que el mayor valor de estos Puntos Neutros para la Promoción de la Mediación había sido su capacidad para aglutinar a muchas personas, pertenecientes a profesiones muy diversas y que no se conocían previamente.
La profesora Lauroba defendió que la mediación no  debía ser considerada únicamente como un método alternativo a la Justicia Ordinaria, sino el mecanismo más apropiado a determinados conflictos.
La intervención de la Sra. Lauroba terminó con 10 recomendaciones finales:
1-. Mantenimiento de los Puntos Neutros de Profesionales de la Mediación, que tienen por delante nuevos retos que encarar, gracias a la fuerza derivada de su transversalidad, y de su condición de puntos (neutros) de encuentro; exploración de mecanismos de trabajo como las comunidades de prácticas o formas equivalentes.
2-. Formación del mediador que integre conocimientos (saberes), habilidades (saber hacer) y actitudes (saber ser, con atención continuada a los principios éticos de la institución) y que identifique ámbitos de especialización.
3-. Mecanismos de acreditación solventes, ligados a sistemas abiertos y procurando que no coincidan en una misma persona formador y evaluador.
4-. Formación específica para los profesionales jurídicos que acompañen a las partes en la mediación. Estos profesionales se convierten, al derivar, en valedores del proceso, y han de tener una preparación adecuada para atender a sus clientes en su preparación y desarrollo .
5-. Difusión y profusión de Protocolos de derivación, con la progresiva relación entre los modelos existentes (así, una pronta comparación con los que se publiquen en la Guía elaborada por el CGPJ)
6-. Que la Oficina Judicial sea sede efectiva de fomento y derivación a mediación.
7-. Fomento de las cláusulas de mediación en los negocios jurídicos de todos los ámbitos posibles (contratos, protocolos familiares, testamentos…)
8-. Difusión de la mediación, por todos los mecanismos de marketing imaginados y como acción concreta, mantenimiento de la web www.mediacionesjusticia.com con la utilidad que ha desplegado hasta la fecha.
9-. Conocimiento y atención a la mediación on-line, que pese a algunas prevenciones (comprensibles) tendrá una innegable proyección en el futuro, con el soporte de la Directiva 2013/11/UE y el Reglamento (UE) nº 524/2013.
10-. Festina lente (el lema del editor Aldo Manuzio para el trabajo bien hecho). Hay que apresurarse en cuantas acciones se realicen para la consolidación de la mediación en nuestro país, pero desde una continuada prudencia. Por eso el Reglamento de desarrollo de la ley 5/2012 no resulta imprescindible para seguir avanzando.

Fuente de la información:

jueves, 12 de septiembre de 2013

http://mediacionesjusticia.com sitio web de los jueces españoles pro mediación.



El Grupo Europeo de Magistrados Pro Mediación GEMME a través de su sección española (Grupo Europeo de Magistrados por la Mediación de España) ha puesto en marcha el sitio http://mediacionesjusticia.com/

Destacamos la labor que se está haciendo en las tareas de divulgación de la mediación, especialmente en la puesta en funcionamiento de los PNPM (Puntos Neutros de la Promoción de la Mediación).

Puntos Neutros Pro Mediación PNPM. Artículo de Pacual Ortuño



En este artículo de junio de 2013 se hace una reflexión que muestra con precisión la realidad del desarrollo profesional de la mediación en España. 

Para los profesionales que están interesados en formarse en mediación está especialmente indicado.

Por otro lado se explica cómo se están poniendo en marcha los Puntos Neutros de Promoción de la Mediación que vienen a paliar la falta de apoyo de nuestro Ejecutivo y como este se suple con el buen hacer y entender del CGPJ y de los miembros de GEMME.
Fuente de la información: 


jueves, 5 de septiembre de 2013

La revista CONVIVES, dedica monográfico a la Mediación Escolar



La revista Convives dedica su número 4, de Septiembre 2013 a la Mediación en Escolar.

Destacamos el artículo de María Luz Sánchez García Arista titulado: "Mediación educativa contextualizada" que ilustra esta información.

Enlace a la revista:

http://es.scribd.com/doc/164614053/Revista-CONVIVES-N-4-Septiembre-2013

Este número se complementa con otros artículos y experiencias relacionados con el tema y que no se han podido incluir dentro de la misma. Se pueden encontrar en la página web http://convivenciaenlaescuela.es

Agradecemos a la autora de este artículo su interés por difundir la Mediación Educativa y por tenernos al tanto de su evolución.