viernes, 9 de julio de 2010

Sentencias de la Sala 1ª del Tribunal Supremo que mencionan la mediación como forma alternativa de resolución de conflictos.

Sentencias de la Sala 1ª del Tribunal Supremo que mencionan la mediación como forma alternativa de resolución de conflictos.

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1.- STS 1ª, de 20 de mayo de 2010.

Nº de Recurso: 1502/2006

Nº de Resolución: 324/2010

Ponente: Xavier O'Callaghan Muñoz

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Asunto: Discusión sobre la facultad de elección de un legado.

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"Sin embargo, no es baldío recordar aquí lo que ya las sentencias de esta sala de 2 de julio de 2009, 3 de julio de 2009, 5 de marzo de 2010 , sobre la mediación.

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Este caso, propio de una sucesión mortis causa, no sólo refleja un problema de atribuciones patrimoniales, sino un enfrentamiento familiar, que se vislumbra claramente en los escritos obrantes en autos, que podría haberse evitado yendo a la solución alternativa de la mediación, si las partes hubieran querido o la ley lo hubiera previsto, que no la hay, pero aparece cada vez más una corriente favorable a la misma, que ha tenido reflejo legal en la Directiva 2008/52/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2008 , sobre ciertos aspectos de la mediación en asuntos civiles y mercantiles, en la Ley 15/2009, de 22 de julio, de la Comunidad Autónoma de Cataluña , de mediación en el ámbito del Derecho Privado, y en el Anteproyecto de Ley de mediación en asuntos civiles y mercantiles, elevado al Consejo de Ministros por el de Justicia el 19 de febrero de 2010. En todo caso, puede la mediación, como modalidad alternativa de solución de conflictos, llegar a soluciones menos traumáticas que el dilatado tiempo que se invierte en el proceso y el acuerdo a que se llega siempre será menos duro que la resolución judicial que se apoya exclusivamente en la razonada aplicación de la norma jurídica."

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2.- STS 1ª, de 5 de marzo de 2010.

Nº de Recurso: 2559/2005

Nº de Resolución: 129/2010

Ponente: Xavier O'Callaghan Muñoz

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Asunto: Nulidad de contrato de compraventa por dolo y vicio en el consentimiento.

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"En todo este conflicto se plantea una solución que difícilmente podrá contentar a ambas partes. En el proceso judicial, se estimará o no la demanda y se ejecutará lo resuelto. Otra cosa sería si hubiera habido acuerdo o se hubiera llegado a una mediación, como procedimiento alternativo de carácter extrajudicial como propone la Directiva 2008/52/ E del Parlamento Europeo y del Consejo de 21 de mayo de 2008 que, aunque se aplica a la mediación en litigios transfronterizos, nada impide -como dice en su considerando (8)- que los Estados miembros lo apliquen a la mediación de carácter nacional. Ya las sentencias de esta Sala 2 de julio en 2009 y 3 de julio de 2009 dijeron que podría una mediación llegar a soluciones menos traumáticas que el proceso y el acuerdo a que se podría llegar siempre sería menos duro que la resolución judicial que se apoya exclusivamente en la aplicación de la norma jurídica, basada en los hechos que se han declarado probados."

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3.- STS 1ª, de 17 de septiembre de 2009.

Nº de Recurso: 2658/2004

Nº de Resolución: 604/2009

Ponente: Xavier O'Callaghan Muñoz

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Asunto: Rescisión por lesión de legítima en partición hereditaria.

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"Se trata de un enfrentamiento familiar por razón -más frecuente de lo que debiera- de la herencia paterna y ha provocado un largo y costoso proceso que, como ya observaba la sentencia de esta Sala 3 de julio del presente año, podría una mediación haber evitado. Este, como otros tantos conflictos, tanto familiares como civiles o mercantiles en general (así, Directiva 2008/52/CE del Parlamento europeo y del Consejo de 21 de mayo de 2008 sobre ciertos aspectos de la mediación en asuntos civiles y mercantiles y Ley de Cataluña 15/2009, de 22 de julio , de mediación en el ámbito del Derecho privado) puede ser objeto de una mediación que llega a soluciones menos traumáticas que el proceso y el acuerdo final siempre sería menos duro que una resolución judicial que se apoya exclusivamente en la aplicación de la norma jurídica".

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4.- STS 1ª, de 3 de julio de 2009.

Nº de Recurso: 816/2005

Nº de Resolución: 537/2009

Ponente: Xavier O'Callaghan Muñoz

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Asunto: Transmisión mortis causa de acción de revocación de donación modal.

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"Se trata, pues, de un fuerte enfrentamiento familiar, con la consecuencia jurídica de un largo y enconado proceso y la consecuencia económica, según la sentencia recurrida, de la pérdida de una larga serie de bienes por el demandado donatario que había sido objeto de la mencionada donación. No es baldío tener presente que en éste, como en otros tantos conflictos, tanto familiares, como civiles o mercantiles en general (así, Directiva 2008/52/CE del Parlamento europeo y del Consejo de 21 de mayo de 2008, sobre ciertos aspectos de la mediación en asuntos civiles y mercantiles), podría una mediación llegar a soluciones menos traumáticas que el

proceso y el acuerdo a que se podría llegar siempre sería menos duro que la resolución judicial que se apoya exclusivamente en la aplicación de la norma jurídica".

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5.- STS 1ª, de 2 de julio de 2009.

Nº de Recurso: 767/2005

Nº de Resolución: 527/2009

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Ponente: Xavier O'Callaghan Muñoz

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Asunto: Acción declarativa de dominio con base en la pretendida existencia de un contrato.

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"El presente caso se presenta como un simple tema de propiedad, como declaración del dominio o como un ejercicio de opción de compra, pero presenta un trasfondo del conflicto familiar, que se vislumbra, pero no aparece con prueba suficiente para decidir sobre una u otra de las dos acciones contradictorias entre sí.

Podría haber algo más que un simple contrato de arrendamiento urbano, que podría llevarse a una mediación, si las partes hubieran querido o una ley lo hubiera previsto, aunque no la hay, si bien todo apunta a una corriente favorable a la misma, como indica la Directiva 2008/52/CE del Parlamento europeo y del Consejo de 21 mayo de 2008 ; este caso se ha llevado al órgano jurisdiccional, cuya solución debe inexorablemente basarse en hechos probados.

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Fuente: Asociación Madrileña de Mediadores.
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